Suprema Corte invalida ley de pueblos indígenas en BCS por omitir consulta. Foto: Redes sociales.
Suprema Corte invalida ley de pueblos indígenas en BCS por omitir consulta. Foto: Redes sociales.
Suprema Corte invalida ley de pueblos indígenas en BCS por omitir consulta. Foto: Redes sociales.
Suprema Corte invalida ley de pueblos indígenas en BCS por omitir consulta. Foto: Redes sociales.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Derechos de Personas, Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Baja California Sur, publicada en el boletín oficial del gobierno estatal el 17 de agosto de 2022.


La corte determinó que la ley afectaba directamente los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas al no realizar la consulta previa conforme a los estándares y parámetros establecidos en los artículos segundo de la Constitución Federal y 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

De acuerdo con la demanda de inconstitucionalidad 132/ 2022 presentada por la titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), María del Rosario Piedra Ibarra, el congreso estatal “no llevó a cabo la consulta que está obligado a realizar, conforme al bloque de constitucionalidad”.

La corte dio un periodo de 12 meses posteriores a la notificación de los resolutivos al congreso, para que se lleve a cabo la consulta respectiva apegada a lo que establece de legislación federal y los convenios internacionales, de no hacerlo la declaratoria de invalidez surtirá sus efectos.

La CNDH detalló que la consulta a pueblos indígenas y afrodescendientes debe desarrollarse “según sus costumbres y tradiciones, siendo exigible que el Estado brinde información necesaria, de manera tal que se implemente una comunicación constante entre las partes”.

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Por su parte la SCJN, determinó anteriormente como características de la consulta a pueblos indígenas y afrodescendientes, que no debe ser restringida a propuestas, debe tener un carácter previo, culturalmente adecuada, informada, con la finalidad de llegar a un acuerdo y libre de intentos de desintegración de la cohesión social de las comunidades afectadas.

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