Diputados aprueban hasta 5 años de prisión por violencia vicaria. Foto: Especial.
Diputados aprueban hasta 5 años de prisión por violencia vicaria. Foto: Especial.
Diputados aprueban hasta 5 años de prisión por violencia vicaria. Foto: Especial.
Diputados aprueban hasta 5 años de prisión por violencia vicaria. Foto: Especial.

Diputados votaron a favor de reconocer como delito la violencia vicaria cometida cuando se daña a los hijos o familiares para causar perjuicio contra las mujeres; autoridades deberán recuperar a hijos sustraídos y darán hasta 5 años de prisión.


Con 452 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Justicia, por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal y del Código Penal Federal.

La reforma promovida por la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, Julieta Vences Valencia, establece que la violencia vicaria, es cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o se mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora.

El dictamen contempla las conductas a través de las cuales se manifiesta dicha violencia, como son: amenazar con causar daño a las hijas e hijos; amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; utilizar a hijas y/o hijos para obtener información respecto de la madre,

También considera como manifestaciones de violencia vicaria promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas y/o hijos en contra de la madre, así como incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial.

Al respecto, la diputada Vences Valencia, expresó que se busca dar justicia a las mujeres a las que se les han arrebatado de su lado a sus hijas e hijos, a quienes los agresores han buscado lastimar y vulnerar incitando al odio y al rencor a través de sus hijas e hijos, y a las mujeres que han padecido de la violencia institucional del Estado y les han adjudicado delitos falsos para que pierdan la guardia y custodia de sus hijos.

Por su parte la diputada Aleida Alavés Ruiz, del grupo Parlamentario de Morena, explicó que, muchas veces la separación no significa el fin de la violencia, sino el inicio de otro tipo de violencia; por lo que esta reforma incrementará hasta en una en una tercera parte cuando se cometa el delito a través de interpósita persona.

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Violencia económica

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 455 votos, el dictamen que reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de actualizar la definición de “violencia económica”.

El documento argumenta que es necesario ampliar los supuestos que deben considerarse como violencia económica, ya que esta agresión no solo se da en el sector laboral, sino también en el ámbito familiar y social de las mujeres.

Por lo tanto, “reconoce que toda conducta que implique control financiero sobre la víctima es violencia economía, como el hecho de que no se provea de recursos económicos para el gasto del hogar, para la manutención de los hijos e incluso para cualquier otra persona con que tenga la obligación de suministrar alimentos”.

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