Casas de empeño no deben negar devolución de prendas: Senado
Casas de empeño no deben negar devolución de prendas: Senado
Casas de empeño no deben negar devolución de prendas: Senado
Casas de empeño no deben negar devolución de prendas: Senado

En el Senado de la Republica aprobaron una reforma para que quienes empeñen sus bienes, puedan ser indemnizados en caso de que la casa de empeño les niegue la devolución de éstos, hayan sido robados, extraviados o sufran algún daño o deterioro.

Las comisiones unidas de Defensa a los Consumidores y de Estudios Legislativos consideraron que es necesario establecer disposiciones legales que garanticen la devolución de los bienes entregados en prenda en este tipo de operaciones.

En el dictamen los legisladores subrayaron que, durante el periodo de la contingencia sanitaria, se presentaron 480 quejas en contra de los servicios proporcionados por las casas de empeño.

El principal motivo de las quejas fue que los proveedores se negaron a devolver o restituir el bien entregado en prenda; lo anterior, ya sea porque se vendió, se extravió o se dañó mientras se encontraba en resguardo de la casa de empeño.

En este contexto, el dictamen plantea reformar el artículo 65 Bis 6 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para establecer que las casas de empeño, en caso de que el bien sobre el que se constituyó la prenda haya sido robado, extraviado o sufra algún daño o deterioro, debe realizar una indemnización económica, en forma inmediata.

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