Tras anuncio de regularización, piden no estigmatizar anexos
Reitera Barbosa reformas a la Ley de Salud para regular anexos. Foto: promesasdevida.com.mx
Tras anuncio de regularización, piden no estigmatizar anexos
Proponen hasta 4 años de cárcel por operar anexos sin permisos en Puebla. Foto: promesasdevida.com.mx

En Puebla, se busca sancionar hasta con 4 años de prisión y multa de 19 mil 244 pesos a quien opere anexos e instituciones de salud mental sin los permisos adecuados, además de facultar a la Secretaría de Salud (SS) para que se encargue de la supervisión de dichos inmuebles.

Lo anterior, de acuerdo con un paquete de iniciativas que envío el gobernador Miguel Barbosa al Congreso local y que entraron este jueves en las que se contempla para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Estatal de Salud, de la Ley de Salud Mental y el Código Penal, como ya lo había anunciado.

En el documento, se establece que se debe reformar a fin de que se incluya el seguimiento y prevención de las adicciones, además de incluir el concepto de adicción como la enfermedad física, mental o emocional que crea la dependencia de sustancias, actividades o relaciones.

El documento sostiene que los servicios que se presten aprovechándose del engaño hacia los usuarios y sus familiares, inherentes a brindar tratamiento o control de adicciones en un establecimiento, sin contar con el aviso de funcionamiento y registro legalmente requeridos inciden en una deficiente atención a los usuarios.

Lo anterior, porque no existe un mecanismo de control al que se encuentren sujetos y que asegure el cumplimiento profesional del tratamiento aplicado, lo cual puede llegar afectar la salud al grado de poner en riesgo la vida.

De igual forma, manifestó que ante una actividad de buena fe que preste estos servicios profesionales, se requiere la realización de los trámites necesarios para confirmar la licitud de las labores desarrolladas, ya que ello tiene la intención de que las tareas llevadas a cabo sean objeto visible.

En la iniciativa, se resaltó que si bien existe el delito de privación ilegal de la libertad e los artículos 299 a 301 Bis, los cuales pueden actualizarse en los centros residenciales para la atención a la salud mental y de las adicciones, resulta necesario tipificar la prestación de dichos servicios cuando no se cuente con los requisitos legales conducentes.

Debido a esto, la reforma es al artículo 258 BIS del Código Penal con el objetivo de dar mayor certeza a la operación de estos inmuebles, por lo que la pena irá de uno a cuatro de años de cárcel, además de multas económicas de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de cuatro mil 811 a a 19 mil 224 pesos.

Las reformas planteadas

En las modificaciones a la Ley Estatal de Salud, se plantea que la secretaría del ramo será la encargada de supervisar que los establecimientos que presten servicios de atención a la salud mental y adicciones cumplan lo dispuesto en la normatividad.

Los programas en la materia tienen el carácter prioritario y se basarán en la promoción, prevención, evaluación, diagnóstico, tratamiento, recuperación y bienestar, así como realizar campañas de educación en materia de salud sexual, reproductiva e higiene menstrual.

Se deberá de prestar atención a la población que se encuentre en reclusorios del estado y en otras instituciones estatales no especializadas en salud mental.

De igual manera, se establecen criterios que deberán de cumplir las personas que trabajen en este tipo de inmuebles, como lo es el actuar con perspectiva de género y derechos humanos.

Mientras que en la Ley de Salud Mental, se contempla regular los mecanismos adecuados para la sensibilización, promoción, evaluación, diagnóstico, tratamiento, recuperación y bienestar de la población usuaria en este rubro y adicciones.

También se deberán de llevar a cabo acciones para la atención de la salud mental como son estrategias necesarias para proporcionar atención integral y seguimiento encaminadas a garantizar su recuperación e implementar de manera sistemática programas y capacitación en la materia con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género para todo el personal.

La iniciativa propone que las instituciones de salud mental, sean públicas, sociales o privadas, deberán de abstenerse de todo tipo de discriminación por motivos de discapacidad, velando por que la voluntad de la población usuaria de los servicios de salud mental y las personas con consumo de sustancias psicoactivas y de adicciones prevalezca.

De igual forma, deberán contar con personal necesario y especializado para proporcionar de manera eficiente atención integral médico-psiquiátrica de los pacientes y las personas con consumo de sustancias psicoactivas y de adicciones de acuerdo con la enfermedad específica que padezcan y el grado de avance que contengan.

La iniciativa se turnó a la comisión de Gobernación y Puntos Constitucional, de Procuración y Administración de Justicia y la de Salud.

R: DJ

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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