Paciente pierde un riñón por negligencia en IMSS de Edomex
Paciente pierde un riñón por negligencia en IMSS de Edomex. Foto: Especial
Paciente pierde un riñón por negligencia en IMSS de Edomex
Paciente pierde un riñón por negligencia en IMSS de Edomex. Foto: Especial

La CNDH dio una recomendación a la FGR, a la Fiscalía del Estado de México y al IMSS en relación a la negligencia médica por la que un paciente perdió su riñón derecho en el Hospital General Regional 72 de esa entidad, los hechos ocurrieron desde 2006.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 32/2022 al fiscal general de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero y al encargado de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJ-EM), Mario Salas Ortiz, por violaciones al derecho humano a la justicia.

Así como al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones al derecho humano a la salud por negligencia médica, todo ello en agravio de una persona a quien la negligencia médica al practicarle una cirugía derivó en quedar impedida para trabajar y que perdiera el riñón derecho.

Autoridades se declaran incompetentes

El 23 de abril y el 5 de agosto de 2019 se recibieron en la CNDH las quejas de la víctima, en las cuales refirió que el 6 de diciembre de 2007 presentó una denuncia por negligencia médica ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR) ahora FGR, en contra de personal del Hospital General Regional número 72 del IMSS.

Sin embargo, la persona agraviada denunció que en 2008, dicha procuraduría se declaró incompetente y turnaron la denuncia a la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJ-EM), la cual también se declaró incompetente en febrero de 2018 y la regresó a la FGR.

Respecto a la negligencia médica, la víctima refirió que en 2006 sufrió una negligencia médica por parte de una persona servidora pública del IMSS, al practicarle una histerectomía en septiembre de ese año en el HGR-72 resultó con lesión de la vena y arterias iliacas, por lo que quedó impedida para trabajar “con pensión por invalidez definitiva”. Además, en abril de 2007 la responsabilidad médica derivó en que la persona perdiera el riñón derecho.

Durante la investigación, la CNDH acreditó la violación al derecho al acceso a la justicia, atribuible a personas servidoras públicas de las entonces PGR y PGJ-EM que participaron en la integración de las denuncias de la víctima, asimismo le fue violentado su derecho humano a la salud por negligencia médica a cargo del personal médico adscrito al HGR-72.

Cabe mencionar que además de este caso, el órgano autónomo realizó otras dos recomendaciones la 40/2022 por muerte de un adulto mayor en el hospital general 53 del IMSS en Los Reyes Acaquilpan, Estado de México y la recomendación 39/2022 al HospitalGeneral de Zona número 197 del IMSS, en Texcoco, también en el Estado de México, porque una paciente con falla renal estuvo varios días sin que se le realizará una hemodiálisis lo que llevó a su fallecimiento.

E: LGG

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