Partido Verde busca prohibir mutilaciones estéticas a mascotas
Buscan prohibir en Puebla mutilaciones estéticas a animales. Foto: EsImagen
Partido Verde busca prohibir mutilaciones estéticas a mascotas
Buscan prohibir en Puebla mutilaciones estéticas a animales. Foto: EsImagen

El Congreso local busca prohibir la práctica de tratamientos, procedimientos quirúrgicos y mutilaciones o extirpaciones que tengan como objeto modificar la apariencia de animales o conseguir otros fines estéticos y no curativos, lo cual será catalogado como maltrato animal.

Esto, de acuerdo con la iniciativa presentada por la diputada morenista, María del Carmen Saavedra Fernández, en el Legislativo poblano, donde planteó adicionar un segundo párrafo al artículo 44 de la Ley de Bienestar Animal del Estado y que fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para su análisis.

La legisladora manifestó que el maltrato a estos seres vivos es definido como un comportamiento irracional de una persona hacia un animal, con el objetivo de causarle sufrimiento, estrés o, incluso, puede llevarlo a la muerte, lo cual a su vez predispone a la violencia social.

Por ello, hizo énfasis en que la detección, prevención y tratamiento de estas acciones es un acto de humanidad en sí mismo, en virtud de que son criaturas que se encuentran, en relación al ser humano, en un nivel de inferioridad dentro de la escala evolutiva, lo que los hace responsables de su bienestar.

Actualmente, el artículo 44 de dicha ley solo tiene un párrafo que señala: “Los tratamientos veterinarios y procedimientos quirúrgicos para propósitos educativos y de entrenamiento médico que causen dolor, sufrimiento, daño o mutilación a los animales, sólo podrán llevarse a cabo en instituciones de educación superior, científicas y hospitales médicos veterinarios y cuando no existan medios alternativos para lograr el mismo propósito”.

Lesiones ya se castigan con hasta 4 años de cárcel

Con la iniciativa, se propone adicionar un segundo párrafo para establecer que: “Queda prohibida la práctica de tratamientos y procedimientos quirúrgicos, así como realizar mutilaciones o extirpaciones, cuyo objeto sea modificar la apariencia de los animales o conseguir otros fines estéticos o no curativos, excepto cuando éstas se consideren necesarias”.

Aunque Saavedra Fernández no detalló si quien cometa esta práctica sería acreedor a una sanción, recordó que la actual legislación penal en su artículo 470, ya contempla multas por estas acciones.

Dicho artículo señala que aquel que, mediante acción u omisión, realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal con la intención de ocasionarle dolor, sufrimiento o afectar su bienestar, de manera ilícita o sin causa justificada, provocándole lesiones que no pongan en peligro la vida, se le impondrán de seis meses a 4 años de prisión y multa de 50 a 300 UMA momento que se cometa el delito, es decir de 4 mil 481 a 26 mil 886 pesos.

Además de que, si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, las penas se incrementarán en una mitad y si los actos de maltrato o crueldad provocan su muerte se impondrán de 4 a 8 años prisión y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que corresponde de 17 mil 924 a 44 mil 810 pesos.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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