Banner Programa
SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto; jueces deberán acatar
“Protección a la vida” no puede restringir acceso al aborto: SCJN. Foto: Especial
SCJN declara inconstitucional penalización del aborto; jueces deberán acatar
SCJN declara inconstitucional penalización del aborto; jueces deberán acatar. Foto: Especial

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró incostitucional el delito de aborto tipificado en el Código Penal de Coahuila, con lo cual sienta jurisprudencia que ordena a los jueces del país privilegiar el derecho a decidir. 

En una sesión histórica, que comenzó el pasado lunes, 10 ministros del alto tribunal se pronunciaron a favor del proyecto de Luis María Aguilar Mora, quien propuso invalidar los artículos 195 y 196 Código Penal de Coahuila. 

El ordenamiento invalidado establecía que “comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” (artículo 195), y que “se impondrá de uno a tres años de prisión, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella” (Artículo 196).

El lunes, 8 de los 11 ministros ya se habían pronunciado a favor del proyecto de resolución, por lo que la aprobación era inminente para este martes.

Durante  la discusión, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat cuestinó que el Estado catigue el aborto cuando la Constitución no lo prohibe.

“En 2008 hubo una sentencia en favor de la mujer y en 2012 la Corte Interamericana resolvió que no es procedente otorgar el estatus de persona al embrión”, recordó el ministro ponente. 

“A partir de ahora, no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que se han considerado válidos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación» concluyó el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *