Tras exigencias de indígenas, retiran en SCJN proyecto para avalar Ley Minera
Tras exigencias de indígenas, retiran en SCJN proyecto para avalar Ley Minera. Foto: Especial
INPI e indígenas poblanos reiteran llamado a SCJN para invalidar Ley Minera
Indígenas poblanos e INPI reiteran llamado a SCJN para invalidar Ley Minera. Foto: Especial

A horas de que la SCJN retome el caso, masehuales en Puebla y el INPI reiteraron al máximo tribunal su llamado a declarar inconstitucional la Ley Minera de 1992, pues advirtieron que el nuevo proyecto de resolución sigue sin reconocer el derecho de pueblos indígenas a la consulta previa.

Mañana, miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomará la resolución del recurso de revisión 928/2019, presentado por los pueblos masehuales de la Sierra Norte poblana.

Esto, luego de que, el 13 de mayo de 2020, el ministro Javier Laynez Potisek retiró su proyecto de sentencia tras las críticas del INPI y los pueblos por desvincular la Ley Minera de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, con lo cual les negaba el amparo que solicitaban.

Casi un año después, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) advirtió que el nuevo proyecto del ministro sostiene, una vez más, que no era necesario consultar a los pueblos indígenas antes de legislar en materia de minería.

Esto, con el argumento de que la Ley Minera –aprobada en el sexenio de Carlos Salinas de Gortari— “no es una legislación que tenga por objeto regular la vida económica, social y política de las comunidades indígenas”.

Por su parte, los pueblos masehuales difundieron un video donde sostienen que, a partir de la Ley Minera, se han otorgado concesiones a empresas que violan sus derechos a la libre determinación y al territorio, pues no los consultan antes de explorar el subsuelo.

Pueblos son propietarios del territorio, remarca

A través de un amicus curiae, el instituto planteó a los ministros reconocer que los pueblos indígenas son propietarios de la la totalidad de sus territorios, y que las concesiones mineras afectan su patrimonio, por lo que se les debió consulta antes de emitir la Ley Minera.

“No es indispensable que todo el contenido de un cuerpo normativo deba referirse a la vida económica, social y política de los pueblos para que sea susceptible de afectarles; sino que puede ocurrir que un precepto o grupo de artículos, afecten sus intereses, como es el caso de la Ley Minera, y tal situación es suficiente para garantizar sus derechos fundamentales reconocidos y garantizados en la Constitución Federal”, expuso el INPI.

Ley condena a juicios largos y costos, señala

El instituto también remarcó que la Ley Minera vigente condena a los pueblos a seguir largos y costosos juicios para hacer valer sus derechos, como ha sido el caso de los masehuales en Puebla.

Y es que, desde 2018, dicha comunidad logró una suspensión contra tres concesiones mineras en etapa de exploración en Cuetzalan, Puebla, otorgadas a la compañía Minera Autlán.

Sin embargo, Laynez Potisek plantea negar a los masehuales el amparo de la justicia federal contra la Ley Minera, y devolver su caso a un tribunal colegiado.

Por lo anterior, el Instituto reiteró su llamado a la Suprema Corte para “declarar inconstitucionales los artículos 15, 19, fracciones I a XII; así como los artículos 6, párrafo tercero; 7, fracción VI; 10 párrafo primero y tercero, y 13 Bis de la Ley Minera y conceder el amparo y protección de la Justicia Federal a los indígenas masehuales o nahuas del estado de Puebla”.

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