TEEP ordena a San Antonio Cañada restituir a regidora y pagarle. Foto: Especial

El TEEP resolvió que el ayuntamiento de San Antonio Cañada debe pagar salarios caídos y restituir a la regidora Amada Borbolla Antonio, quien denunció que el alcalde, Bernardino Aquino Beléndez, cometió violencia de género en su contra y la destituyó ilegalmente.

En sesión virtual, el TEEP resolvió a favor el expediente TEEP-A-139/2020 en el que Borbolla Antonio, presidenta de la Comisión de Servicios Públicos, expuso que a partir de la segunda quincena de junio del 2019, dejó de percibir su salario de 9 mil pesos mensuales, al igual que se le negaron materiales de trabajo y personal para ejercer sus funciones.

También, que el ayuntamiento de Cañada la excluyó de las actividades del cabildo, por lo que el 28 de enero del 2020, bajo argumento de que ella no estaba ejerciendo sus labores, el cuerpo edilicio aprobó destituirla y nombrar a su suplente.

El tribunal determinó que la regidora contaba con los comprobantes de nómina que indicaban la falta de pago, mientras que por parte de la Comuna, solo recibieron un documento digital sin constancia de recibo de la quejante; de igual forma, que el ayuntamiento carece de facultades para destituirla, puesto que solo el Congreso local cuenta con dichas facultades, por lo que se violentó el debido proceso.

Por ello, el TEEP ordenó dejar sin efecto el acta de Cabildo referente a la destitución, anular la asignación del suplente, así como restituir a Borbolla Antonio con el pago retroactivo de sus salarios.

El 16 de junio del 2020, Borbolla Antonio y Verónica Alvarado Ramos, regidora y presidenta de la Comisión de Educación, acusaron a Aquino Beléndez de violencia de género, pues además de comentarios misóginos, señalaron que obligaba a Alvarado Ramos a lavar los baños para obtener su paga, luego de que supuestamente cuestionaron al edil las cuentas públicas del municipio.

Rechazan queja contra plebiscitos

Por otra parte, el TEEP rechazó que la iniciativa para que el Instituto Electoral del Estado (IEE) organice los plebiscitos de las juntas auxiliares, vulnere el derecho de La Resurrección, luego de que el edil, Abraham Pérez Pérez, inició proceso contra el Congreso local porque la iniciativa se creó sin consultar a la localidad.

Con expediente TEEP-JDC-001/2020, Pérez Pérez objetó que la propuesta de reformar los artículos 224, 225, 226 y 228 de la Ley Orgánica Municipal, “viola” el derecho de que la comunidad sea involucrada, a través de una consulta, en el tema.

El TEEP determinó que no se infringió el derecho a la consulta, ya que esta debe aplicarse en procesos para nuevas leyes que no sean en materia electoral, como lo es la señalada, por lo que el órgano legislativo esta en todas sus facultades.

En cambio, el tribunal resolvió que el ayuntamiento de Puebla violentó el derecho de petición de La Resurrección para discutir dicha iniciativa, pues desde el 22 de julio la Comuna no respondió solicitudes donde se exigía información sobre la propuesta.

Fue el pasado 24 de julio cuando el Cabildo de Puebla aprobó, por mayoría, la propuesta de la alcaldesa Claudia Rivera Vivanco, de presentar al Congreso local una iniciativa para que sea el IEE y no el ayuntamiento, quien organice los plebiscitos de juntas auxiliares, en las elecciones de 2021.

Dicha decisión despertó la molestia de 11 ediles de las 17 juntas auxiliares, quienes argumentaron que dicha decisión se tomó sin consultarlos, toda vez que dijeron desconocer, a fondo, el contenido de la propuesta.

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