El Tepjf negó que Alejandro Armenta Mier incurriera en actos anticipados de campaña o usara recursos públicos, pero lo sancionó por un video y multó con 126 mil 735 pesos al PVEM por no señalar en un spot que Miguel Barbosa Huerta era candidato de Morena y PT.
En la sesión de este jueves, la Sala Especializada determinó inexistente la promoción personalizada del senador con licencia y actos anticipados de precampaña en un video difundido en Facebook y Twitter, pues este no fue publicado por algún órgano de gobierno, no se hace referencia a su trabajo legislativo y no se acreditó que la manifestación expresa de su posicionamiento como precandidato trascendiera a la ciudadanía.
No obstante, actualizó y sancionó el elemento temporal en el recurso SRE-PSD-7/2019 promovido por Javier Espinosa Carrasco, porque las denuncias fueron presentadas el 22 y 23 de febrero, antes de iniciar la precampaña el 24 de febrero, así como el personal, pues es posible identificar su nombre, imagen, cargo por el que contendería y partido.
En el otro procedimiento SRE-PSL-4/2019, de Tania Guerrero López, se establece que Armenta Mier y la diputada federal Inés Parra Juárez habrían realizado actos de precampaña, usado indebidamente recursos públicos y vulnerado el principio de imparcialidad, pero estas infracciones fueron calificadas como inexistentes.
No realizó actos anticipados de campaña
Lo anterior, debido a que en la rueda de prensa en la que participaron y el contenido de esta en redes sociales no se divulgó la intención de posicionarlo como candidato de Morena a la gubernatura ni llamaron al voto, sino que criticaron el proceso de selección interna de Morena.
Respecto al recurso SRE-PSL-3/2019, también de Guerrero López, se concluyó que Armenta Mier no usó recursos públicos ni incurrió en actos anticipados de campaña por varias publicaciones en diversos perfiles de Facebook y periódicos digitales sobre reuniones, una rueda de prensa y una entrevista, en las que supuestamente aun siendo senador se posicionó como aspirante a Casa Puebla.
Ello porque, derivado del análisis de cada video y publicaciones en forma conjunta e individual, no se advierten manifestaciones explicitas de llamado al voto a favor o contra algún partido o actor, ni se emiten mensajes dirigidos a influir en el electorado, además de que su asistencia a los eventos es insuficiente para considerarse conducta ilícita.
Uso indebido de prerrogativa
Por otra parte, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) aprobaron por unanimidad una multa de 126 mil 735 pesos al encontrar que el PVEM sí hizo usó indebidamente su prerrogativa denominada “Barbosa gobernador” al no mencionar a Morena y el PT.
En el spot que se transmitió en radio y televisión del 31 de marzo al 1 de abril, aparecía solamente el logotipo del PVEM y no se aclaraba nunca que Barbosa Huerta era abanderado por la coalición Juntos Haremos Historia (Morena-PVEM-PT), y ello podría generar confusión al electorado.
Como parte del fallo, no se encontraron elementos para sancionar a las concesionarias Administradora Arcángel y Radio XHRM-FM, las cuales programaron el spot, a pesar de que había ya una medida cautelar para no hacerlo.