Banner Programa
Sólo 3 entidades con ley a favor de trans
Sinaloa aprueba reforma para matrimonio igualitario; suman 15 estados. foto: Especial
Sólo 3 entidades con ley a favor de trans
CDH presenta inconstitucionalidad contra reformas que impiden matrimonios gay. Foto: Especial

La CDH presentó una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN contra las reformas hechas, en octubre pasado, por el Congreso local al artículo 294 del Código Civil que prohíben los matrimonios igualitarios en Puebla, por lo que pide declarar su invalidez.

En un comunica de prensa, el organismo autónomo, a cargo de José Félix Cerezo Vélez, manifestó que el recurso se especifica en el texto que dice que “el matrimonio es un contrato civil, por el cual un sólo hombre y una sola mujer”, ya que estimó que podría contener posibles vulneraciones a los derechos humanos.

Asimismo, la Comisión de Derechos Humanos (CDH) hizo énfasis en que dicho artículo ya fe declarado inconstitucional por sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de febrero de 2018.

En esta, detalló, se invalida la porción normativa “un solo hombre y una sola mujer” en diversos preceptos del Código Civil y otros ordenamientos estatales vinculados tanto con el matrimonio como con el concubinato, debiendo entenderse que éstas involucran a dos personas del mismo o de diferente sexo.

Pese a esto, refirió, al publicarse la reforma que hizo el Congreso local en el Periódico Oficial del Estado (POE), el 6 de diciembre del año en curso, el texto “el matrimonio es un contrato civil, por el cual un sólo hombre y una sola mujer”, surge nuevamente a la vida jurídica como una norma de cumplimiento obligatorio, repitiendo la redacción discriminatoria, que dio lugar a la acción de inconstitucionalidad.

Por ello, la CDH determinó que en la modificación del 8 de octubre pasado se excluye de la figura del matrimonio a las parejas del mismo sexo al dejar intacta la porción normativa, por lo que resulta evidente que el precepto combatido es inconsistente con las normas de derechos humanos contenidas en la Constitución federal.

Reforma es violatoria de la dignidad humana, dice

De igual forma, en el documento se detalla que para la CDH el artículo impugnado es violatorio de la dignidad humana, en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad, de los principios de igualdad y no discriminación, así como de la organización y desarrollo de la familia, establecidos en los artículos 1 y 4 de la Carta Magna.

Es necesario precisar que en la reforma que hicieron los diputados, en su mayoría de Morena, eliminaron la concepción del matrimonio como un contrato para perpetuar la especie, pero descartando el reconocimiento de las uniones entre parejas del mismo sexo.

Además de que el artículo mantiene en su redacción que “el matrimonio es un contrato por el cual un sólo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para ayudarse a luchar por la existencia”.

incendios forestales

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...