Aborto: sólo después de semana 12 de gestación, señala iniciativa de Puebla
Aborto: sólo después de semana 12 de gestación, señala iniciativa de Puebla. Foto: EsImagen
Aborto: sólo después de semana 12 de gestación, señala iniciativa de Puebla
Aborto: sólo después de semana 12 de gestación, señala iniciativa de Puebla. Foto: EsImagen

La iniciativa para no criminalizar a la mujer por la interrupción de su embarazo no sólo pide cambiar el tipo de sanciones, sino que define el aborto como a la práctica realizada sólo después de la semana 12 de gestación; diputados modificarían en qué comisiones se analizará.

De acuerdo con el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal de Puebla, las leyes en materia de aborto son restrictivas y criminalizan con la idea de que la maternidad es la función obligatoria de las mujeres, lo cual continúa no sólo en la cultura, sino en las instituciones del Estado, lo cual representa una violación a los derechos humanos.

Por ello, la priista propone, de entrada, que el aborto se defina como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación y no como la “muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, tal como aparece actualmente.

En el artículo 340, se indica que el aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer; en este caso, el delito de aborto podrá ser sancionado en grado de tentativa, en los términos dispuestos en el artículo 94.

Además, al que haga abortar a una mujer sin el consentimiento de esta, se le impondrán de 3 a 6 años de prisión; si además emplea violencia física o moral, darán “al delincuente” de 6 a 8 años de cárcel.

Si el aborto lo causa un médico cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante, aparte de las sanciones que le correspondan, se le suspenderá en el ejercicio de su oficio o profesión por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta, señala el artículo 341.

Trabajo comunitario en lugar de cárcel

En cuanto a las sanciones, señaladas en el 342, el proyecto de García Olmedo propone imponer de tres a seis meses de prisión, o 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, a quien voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar, una vez que hubieren transcurrido las primeras doce semanas del embarazo.

“En este caso, el delito de aborto únicamente se sancionará cuando se haya consumado”, señala y agrega que “al que hiciere abortar a una mujer, con el consentimiento de esta y en los términos del párrafo anterior, se le impondrán de tres a seis meses de prisión.

Con ello se eliminaría las circunstancias, catalogadas como subjetivas, las de que la mujer no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo y que este no sea fruto de matrimonio para que no se le den de uno a cinco años de prisión.

En 343 que va de los casos en los que no se sancionará el aborto, indica cuatro causales: cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada o el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial a que se refiere el artículo 343 Bis, independientemente de que exista, o no, causa penal sobre dichos delitos previo al aborto.

También en caso de que, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte o de afectación grave a su salud, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.

La fracción cuarta es más específica en cuanto a las causas “eugenésicas”, ya que, de aprobarse, tampoco será criminalizada a la mujer que aborte cuando, a juicio de dos especialistas, exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales en el mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la embarazada.

Modificarían a qué comisiones enviarla

De acuerdo con la página del Legislativo, la iniciativa fue enviada a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia, Comisión de Salud, Comisión de Derechos Humanos, Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez, esta última encabezada por Mónica Rodríguez Della Vecchia, panista que simpatiza con el Frente Nacional de la Familia.

Sin embargo, este martes, el presidente del Congreso, el morenista Gabriel Biestro Medinilla, aseveró que el presidente de la Mesa Directiva, José Juan Espinosa Torres, aún no definía a qué comisiones se turnaría la propuesta.

No obstante, dejó entrever que si su compañero petista ratifica que la de Familia y Derechos de la Niñez la analice, iría en contra de los ideales de la coalición que representa en el Poder Legislativo, ya que Morena y PT son de Juntos Haremos Historia.

Por ello, advirtió que la decisión de Espinosa Torres podría ser reclamada por alguno de sus homólogos y ser votada en el pleno, por lo que dejó abierta la posibilidad de que se modifique a qué comisiones se irá, con el fin de no frenarla.