Zona donde se proyecta minera Ixtacamaxtitlán no es área protegida: Almaden
Empresa busca otra vez que Semarnat apruebe mina en Ixtacamaxtitlán. Foto: almadenminerals
Zona donde se proyecta minera Ixtacamaxtitlán no es área protegida: Almaden
Minera de Almaden Minerals en Ixtacamaxtitlán sí afecta a indígenas: Fundar. Foto: Almadenminerals

La organización Fundar aclaró que el proyecto minero en Ixtacamaxtitlán de Almaden Minerals sí entra en la resolución del juzgado que declaró inconstitucional este sistema de concesiones, pues afecta a una comunidad indígena y se tiene que hacer una consulta.

Por medio de un comunicado, explicó que el pasado lunes la comunidad Nahua de Tecoltemi, de Ixtacamaxtitlán, conoció la sentencia que el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, de Trabajo y de Juicios Federales en Puebla dictó el 11 de abril, dentro del juicio de amparo 445/2015.

Dicho recurso fue interpuesto por la comunidad, Fundar y el Consejo Tiyat Tlali, en contra de la Secretaría de Economía (SE), por entregar en 2003 y 2009 dos concesiones sin una consulta previa; el Congreso de la Unión y la Presidencia, por emitir artículos de la Ley minera que vulneran los derechos de los pueblos indígenas y ejidos.

Estas son Cerro Grande y Cerro Grande 2, respectivamente, donde la empresa canadiense pretende instalar una mina de oro y plata a cielo abierto, y no fueron canceladas como lo afirmó, pues tras intentarlo por tres años, en febrero de 2018 se determinó que la SE no podía hacerlo porque iba en contra de una orden de suspensión que el Juzgado de amparo otorgó a la comunidad desde el inicio del caso.

Y es que dicha firma había asegurado que la resolución aplicaba únicamente a unas concesiones que no forman parte del proyecto en Ixtacamaxtitlán, mismas que habían sido devueltas. Además, sostuvo que la minera continuaba su construcción, pues no afectaba ninguna comunidad originaria, aunque el gobierno federal tendría que hacer una consulta al respecto para aprobar su continuidad.

Reconocen carácter indígena de Tecoltemi

Detalló que en su resolución, el Juzgado reconoció que Tecoltemi tiene carácter indígena y que por ello cuenta con una protección jurídica específica, de manera que rechazó las afirmaciones de Almaden Minerals, que de manera reiterada aseveró durante el juicio que en el municipio no existía población indígena.

Por ello, concedió a la comunidad la protección de la justicia, estableciendo que las concesiones mineras son ilegales por haber violado el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado, por lo que la SE debe declararlas insubsistentes y dar una nueva respuesta a la empresa.

Advirtió que el territorio de Ixtacamaxtitlán “es el que legítimamente corresponde a los pueblos originarios de la zona”, así que es obligación del Estado consultarlos para “evitar patrones de desigualdad durante cualquier proceso de decisión, ya sea de carácter legislativo o administrativo”

Fundar resaltó que el Juzgado no analizó los argumentos de inconstitucionalidad planteados por la comunidad, aunque sí estableció que el Congreso de la Unión incumplió con su obligación de adecuar la Ley Minera para incorporar en ella el derecho a la consulta y al consentimiento previo libre e informado.

Destacó que la sentencia emitida todavía está sujeta a impugnación por cualquiera de las partes involucradas en el juicio, por lo que “aún puede pasar algún tiempo para contar con la definitiva”.

Subrayó que junto con la comunidad y el Consejo Tiyat Tlali seguirán reclamando que la Ley Minera contraviene la Constitución y los tratados internacionales porque, al dar preferencia a la minería, permite que las autoridades entreguen a las empresas los territorios de las comunidades.

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