INE declara improcedentes medidas cautelares contra Cárdenas y Armenta
INE declara improcedentes medidas cautelares contra Cárdenas y Armenta. Foto: Especial
INE declara improcedentes medidas cautelares contra Cárdenas y Armenta
Cárdenas y Armenta, sin incurrir en campaña anticipada en sus eventos: INE. Foto: Especial

El INE no aplicará medidas cautelares contra Enrique Cárdenas Sánchez o los partidos que lo abanderan –PAN, PRD y MC–, ni contra Alejandro Armenta Mier, precandidato de Morena, por “campaña anticipada” en sus conferencias de prensa.

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) estipuló, con voto unánime, que al ser “actos consumados” es improcedente la solicitud de Javier Espinosa Carrasco, enlace de la Secretaría de Jóvenes de Morena en el distrito 7 (Tepeaca), derivada de dos ruedas de prensa de Cárdenas Sánchez realizadas el 5 y 7 de marzo en Profética, Casa de la Lectura.

En lo que respecta a la difusión de dichos eventos en redes sociales y páginas de internet, concluyó que ordenar el retiro de las mismas tendría un efecto desproporcionado en perjuicio de la libertad de expresión y del derecho a la información de la ciudadanía.

En cuanto a la denuncia sobre la difusión de la participación del exrector de la Udlap en los eventos privados y su alojamiento en redes sociales, se precisó que se trata de publicaciones orgánicas no pagadas, que requieren de un acto volitivo por parte de los usuarios para conocer su contenido; además se declaró improcedente la solicitud de tutela preventiva, ya que son hechos futuros de realización incierta.

Niega medidas cautelares contra Encinas

En otro asunto, y por unanimidad de votos, la Comisión estableció como improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Tania Guerrero López en contra de Jesús Encinas Meneses, senador suplente de Armenta Mier, y del precandidato ya que, desde una óptica preliminar, los hechos denunciados versan sobre actos consumados.

Y es que ella acusó presunta violación al principio de imparcialidad, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña, derivados de la realización de una rueda de prensa el 11 de marzo, su difusión en redes sociales y diversos medios de comunicación, así como manifestaciones a favor del senador con licencia durante el desarrollo de las mismas.

Finalmente, también rechazó la solicitud de tutela preventiva en forma genérica solicitada por Guerrero López, debido a que las manifestaciones denunciadas versan sobre hechos futuros de realización incierta.

incendios forestales