Mientras se resuelve amparo, suspenden proyecto hidroeléctrico en Sierra Negra
Mientras se resuelve amparo, suspenden proyecto hidroeléctrico en Sierra Negra. Foto: Inafed
Mientras se resuelve amparo, suspenden proyecto hidroeléctrico en Sierra Negra
Mientras se resuelve amparo, suspenden proyecto hidroeléctrico en Sierra Negra. Foto: Inafed

El Segundo Tribunal Colegiado otorgó a la comunidad indígena de Huitzilatl la suspensión definitiva contra el proyecto hidroeléctrico en el municipio de Coyomeapan, mientras se resuelve el juicio de amparo promovido por los pobladores.

Así lo informó, en entrevista con este medio, Leonel Rivero Rodríguez, representante legal de los pobladores, quien agregó que la resolución se dio desde el 4 de octubre del año pasado, sin embargo, fue hasta hace unos días cuando la demarcación la hizo pública.

Refirió que fue desde noviembre de 2017 cuando presentaron el juicio de amparo 2274/2017, sin embargo, fue hasta el 22 de febrero del año pasado cuando lo admitió el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil y Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el estado de Puebla.

Sin embargo, el juzgado determinó negar el amparo, por lo que se promovió un recurso ante el Segundo Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Sexto Circuito, mismo que revocó la decisión y concedió a la comunidad la suspensión radicado en el expediente 296/2018, por lo que la empresa Proyectos Hidroeléctricos de Puebla ya no tiene manera de inconformase ante esta decisión.

“Esto significa que mientras no se resuelva el juicio de amparo de manera definitiva la empresa y cualquier tipo de autoridad federal o estatal que tenga que emitir un acto administrativo relacionado con la obra no pueden hacerlo”, pronunció.

El litigante recordó que el recurso fue promovido por el Movimiento para la Autogestión Social Campesina Indígena Popular (Mascip) en el que se reclamó que las autoridades violaron los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados, así como la violación de los derechos a la igualdad y a la no discriminación.

También, que hubo violación a los derechos de la preservación del territorio, a la familia a la alimentación, a la salud, al agua, al medio ambiente, a la vivienda, a la cultura, al deporte y al interior superior del niño, ya que son interdependientes al derecho a la consulta, por lo que al no hacer este ejercicio se están vulnerando.

Se violó derecho al debido proceso

Agregó que el juicio igual se promovió por la violación al derecho al debido proceso, debido a que la comunidad de Huitzilatl nunca tuvo conocimiento de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) de la Semarnat, ya que esta se publicó en la Gaceta Ecológica de la dependencia, aunque en la demarcación no hay internet, por lo que los pobladores nunca la pudieron consultar.

Además de que se impugnó la incondicionalidad de los artículos 37, 38 39 y 40 del reglamento de la Ley Federa de Equilibrio Ecológico, ya que establecen el procedimiento por el cual, cuando una empresa solicita la MIA, y se detecta que en esa zona hay comunidades indígenas, debe publicarse en la gaceta.

Y es que, dijo, es inconvencional el procedimiento, pues aunque los pobladores hayan tenido acceso a la MIA, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) tenía que haberlo hecho en la lengua de la comunidad de Huitzilatl.

Rivero Rodríguez comentó que el juicio de amparo se encuentra radicado en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Laboral Civil y Administrativa del Sexto Circuito, el cual previó que pudiera darse una resolución en las próximas dos semanas.

Manifestó que independientemente de la sentencia que se dé por parte de juzgado, se puede presentar un recurso de revisión por parte de la empresa en casa de que no sea beneficiada, o de Mascip si es que el fallo resultara en contra de que se cancele el proyecto.

“Si la sentencia es a favor se tendrán que anular los permisos que se habían dado porque no se respetó el derecho a la consulta, consideramos que hicimos valer argumentos que son muy claros en cuanto a que se violaron derechos humanos de la comunidad indígena”, expresó.

Proyecto contempla dos subsistemas

Es necesario mencionar que el proyecto se denomina “Construcción del Sistema Hidroeléctrico Coyolapa-Atzalan”, el cual no sólo contempla a esa comunidad, sino también a los municipios de San Sebastián Tlacotepec y Zoquitlán, todos en la Sierra Negra, cuyo objetivo es generar energía eléctrica mediante la ejecución de dos subsistemas.

Estos dos subsistemas son: el Proyecto Hidroeléctrico Coyolapa (PEHC) con una potencia instalada de 17.74 Megawatts (MW) y una generación anual de 123.20 Gigawatt por hora (Gw/Hr), aprovechando las aguas del río Coyolapa.

Mientras que el segundo es el Proyecto Hidroeléctrico Atzalan-Huitzilatl (PHEA) con una potencia instalada de 15.15 MW y una generación anual de 58.65 Gw/Hr, con este se pretende aprovechar parcialmente y, de manera combinada, las aguas de los ríos Atzalan y Huitzilatl.

Y de acuerdo con la Gaceta Ecológica 015/16 de la Semarnat, es decir desde hace tres años, la autorización comprende un periodo de hasta por 30 años, otorgando la concesión a la empresa Proyectos Hidroeléctricos de Puebla, cuyos trabajos físicos registran un 10 por ciento de avance.

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...