En San Lázaro, Morena propone reformas para crear Guardia Nacional
En San Lázaro, Morena propone reformas para crear Guardia Nacional. Foto: Twitter / @Mx_Diputados
En San Lázaro, Morena propone reformas para crear Guardia Nacional
En San Lázaro, Morena propone reformas para crear Guardia Nacional. Foto: Twitter / @Mx_Diputados

Morena en la Cámara de Diputados propuso reformas a 13 artículos de la Constitución Política a fin de crear la Guardia Nacional, que será una corporación militar encargada de tareas de seguridad pública mientras “persista la crisis de violencia” en México.

Lo anterior, este martes, a través de una iniciativa de decreto presentada ante el pleno por los legisladores de esta bancada, quienes plantearon modificar los artículos 13, 16, 21, 31, 32, 36, 55, 73, 76, 78, 82, 89 y 123 constitucionales, con miras a crear el marco legal para que dicho organismo comience a operar a partir del 1 de diciembre.

De acuerdo con el proyecto, la Guardia Nacional está concebida como “emergente” y “de carácter transitorio”, además de que será “sujeta a evaluación a los tres años, tanto por el Poder Ejecutivo, como por este Legislativo Federal”.

Se trata –dice la propuesta de redacción del artículo 21— “de una institución del Estado que participará en la salvaguarda de la libertad, la vida, la integridad, y el pleno ejercicio de los derechos de todas las personas, protegiendo su seguridad, sus bienes, así como preservar el orden, la paz pública, los bienes y recursos de la Nación”.

Estará conformada por hombres y mujeres quienes, tras cumplir los requisitos de la ley, la aplicación de los exámenes, así como los procesos de profesionalización, “integrarán un cuerpo especializado con estructura, funciones y estándares sobre el uso de la fuerza debidamente establecidas en su ley orgánica.

En el ámbito de su competencia, deberá coordinarse con las instituciones federales y estatales de seguridad pública y procuración de justicia.

Presidente planeará seguridad nacional

En el mismo artículo, se establece que el presidente de la República, en tanto jefe del Ejecutivo federal, “deberá elaborar los planes, estrategias y acciones en materia de seguridad, para que, a su vez, la dependencia del ramo de la defensa nacional y las demás que correspondan instrumenten las que les competan”.

Además, se abre la posibilidad de que la Guardia Nacional actúe “como auxiliar del Ministerio Público Federal, bajo su conducción y mando” en casos de delitos de orden federal.

Sólo diputados podrán darle legislación

Respecto a la formulación de leyes de esta corporación, sólo la Cámara de Diputados tendrá la facultad para expedir las que reglamenten su organización, adscripción, armamento, disciplina, profesionalización y uso de la fuerza.

En cuanto al Senado, se deroga su facultad para dar su consentimiento a que el presidente de la República pueda disponer de ese cuerpo.

Los miembros de la Guardia Nacional se regirán por sus propias leyes, además de que el Estado será el encargado de proveerles sus prestaciones, en tanto que sólo el Congreso.

No se podrá detener a personas en cuarteles

Por otra parte, en el artículo 16 se establece que los elementos de esta corporación, como cualquier persona, podrán detener a un presunto delincuente en flagrancia, pero nunca trasladarlo ni resguardarlo en instalaciones militares.

Se deroga la disposición del artículo 36 que obliga a todo mexicano está obligado a prestar servicio en la Guardia, mientras que en el 32 se indica que ningún extranjero podrá servir en ella.

Para ocupar los puestos de diputado o la Presidencia de la República no se podrá estar en servicio activo en la Guardia Nacional.

Editado por Luis Alberto Palacios