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TEEP exonera a Martha Erika de spots anómalos
TEEP exonera a Martha Erika de spots anómalos. Foto: EsImagen
TEEP exonera a Martha Erika de spots anómalos
TEEP exonera a Martha Erika de spots anómalos. Foto: EsImagen

El TEEP exoneró de campaña anticipada a Martha Erika Alonso Hidalgo, candidata de “Por Puebla al Frente” a la gubernatura, pero multó con 403 mil pesos al partido Compromiso por Puebla (CPP) por promoverla en spots fuera del tiempo legal, en intercampaña.

Dos meses después de que el PRI, Morena y Partido Encuentro Social (PES) denunciaron a la esposa del exgobernador Rafael Moreno Valle de difundir spots en radio y televisión durante cuatro días después de que concluyó la precampaña, sus quejas por fin tuvieron una resolución, pero la autoridad no halló responsable a la panista.

En sesión pública realizada este martes, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que los juicios TEEP-AE-04/2018 y TEEP-AE-05/2018 fueron parcialmente infundados, ya que acusaban a Alonso Hidalgo y a CPP, pero sólo se fincaron responsabilidades al partido político.

Esto porque, a decir de los magistrados, del 12 al 16 de febrero se promovió de forma ilegal a la entonces precandidata , pero tras darse cuenta de eso (el mismo 12) ella presentó un escrito deslindándose de la difusión de los spots, que al final precisaban que estaban pautados por CPP.

Escrito de deslinde la exoneró de culpa

Lo anterior funcionó como defensa de la abanderada, pues se argumentó que “llevó a cabo acciones tendientes a evitar la contravención de los principios rectores en materia electoral (…) pues se deslindó oportuna y eficazmente de la comisión de los hechos infractores, tal como se encuentra demostrado en autos”.

En cuanto a CPP, se dictaminó que por “descuido o negligencia” difundió los spots fuera del tiempo legal, pues la precampaña fue del 2 al 11 de febrero, así que se le declaró culpable.

Por lo anterior, con dos votos a favor de Fernando Chevalier Ruanova y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, así como uno en contra de Gerardo Saravia Rivera, se aprobó por mayoría la multa de cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 403 mil pesos.

El magistrado que votó en contra exigió también sancionar a Alonso Hidalgo, por considerar que sí tuvo responsabilidad en la difusión del material, bajo la lógica de que fue directamente beneficiada con cuatro días más de propaganda en comparación con sus rivales.

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