Niega Cárdenas reencuentro con Morena y reitera que va de independiente
Niega Cárdenas reencuentro con Morena y reitera que va de independiente. Foto: EsImagen
Niega Cárdenas reencuentro con Morena y reitera que va de independiente
Tepjf invalida reglas de IEE a independientes tras queja de Cárdenas. Foto: EsImagen

Por ser desproporcionados y restrictivos, el Tepjf declaró inconstitucionales los requisitos que el IEE de Puebla exige para candidaturas independientes, así que ordenó eliminarlos tras la queja del aspirante a la gubernatura Enrique Cárdenas Sánchez.

De esta manera, cualquier militante que decida competir por la vía independiente podrá renunciar a su partido político un día antes de tramitar su registro como aspirante, en lugar de tener que hacerlo al menos un año antes de la elección, como es obligatorio actualmente.

De igual forma, ya no será requisito indispensable recabar firmas del 3 por ciento del padrón nominal en al menos dos terceras partes del lugar que se pretende gobernar, sino que se reducirá la cantidad de rúbricas y el espacio que se debe abarcar.

Así lo determinó este miércoles por unanimidad la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), al revocar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que declaraba constitucionales las reglas.

El motivo por el cual se echaron abajo los lineamientos del Instituto Electoral del Estado (IEE) fue que “lejos de maximizar el derecho y permitir su ejercicio equitativo de los ciudadanos que buscan ser candidatos independientes, implica una barrera que no alcanza justificación alguna”.

Así quedó asentado en el acta de resolución del juicio SUP-JDC-1163/2017, interpuesto por el académico Enrique Cárdenas Sánchez, aspirante a la gubernatura, que recurrió al Tepjf a principios de diciembre, pero omitió al TEEP, entonces la Sala Superior declaró improcedente su queja la primera vez.

Caso Aranda sembró precedente

La impugnación contra los lineamientos fue remitida al tribunal local para que la resolviera, pero tras el fallo en su contra, nuevamente pidió la intervención del tribunal federal.

Fue así que en esta segunda ocasión el exrector de la Udlap obtuvo la razón gracias al antecedente de la excandidata independiente a la gubernatura Ana Teresa Aranda Orozco, que el año antepasado también logró invalidar la obligatoriedad de reunir firmas del 3 por ciento del padrón.

Durante la sesión de esta tarde, se recordó que la misma sala superior declaró en 2016 inaplicable y restrictivo de la participación política el requisito, pero solo para el caso de la expanista, que acusó violaciones a sus derechos político-electorales.

En cambio, en esta ocasión el fallo del Tepjf implica modificar los lineamientos para todos los aspirantes independientes que competirán este año, así como los que lo hagan en el futuro.

Y es que cabe recordar que para cargos federales (presidencia de la República, diputaciones federales o senadurías) solo se piden firmas del 2 por ciento del padrón nominal, así que los aspirantes a cargos locales consideraban un exceso los requisitos del IEE.