Pueblos reiteran a AMLO su rechazo a Proyecto Morelos en Puebla y 2 estados
Comunidades indígenas de Atlixco ganan amparo contra Gasoducto Morelos. Foto: Especial
Comunidades indígenas de Atlixco ganan amparo contra Gasoducto Morelos. Foto: Especial

Por la construcción del Gasoducto Morelos, cuatro comunidades de Atlixco promovieron un amparo en diciembre de 2014, el cual fue fallado a favor a finales de abril, por lo que las empresas a cargo tendrían que realizar una consulta para su ejecución.

Así lo dio a conocer en entrevista, Patricia Montaño Flores, representante legal de los habitantes de San Jerónimo Calera, Santa Lucia Cosamaloapan, San Isidro Huilotepec, y San José el Recreo, catalogados como pueblos indígenas de origen náhuatl.

Refirió que el documento quedó asentado en el expediente 402/2015 por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal, por lo que derivado de ello, se realizó un peritaje en el que acudió la diligencia de inspección y peritos del juzgado.

Explicó que la demanda de amparo se inició porque los ciudadanos consideraron que la ejecución del proyecto contraería riesgos para ellos, tanto por la cercanía del volcán como por la cantidad de gas que trasladaría a través del gasoducto y se verían afectados sus derechos constitucionales como el de la vida.

Agregó que los trabajos se detuvieron desde 2014 derivado de que varias comunidades de otros municipios, donde se planteó la obra, también se manifestaron en contra del mismo, pues se tramitaron diversos amparos, por lo que la empresa sólo avanzó en la colocación y enterramiento de los tubos, pero faltaba la fase de operación

Por ello, aseveró, la autoridad judicial se basó en el artículo 6 del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que trata de los derechos de los pueblos indígenas y tribales, el cual establece el derecho a la consulta pública entre las comunidades indígenas como una obligación de los gobiernos acerca de los proyectos o políticas públicas que pudieran afectarles.

Empresas tramitan recurso de revisión

Añadió que la demanda de amparo fue contra las secretarías de Comunicaciones y Transporte (SCT), Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), las cuales –afirmó– ya fueron notificadas del fallo.

Aunque dijo que tras este proceso se tendrían que hacer la consulta entre las comunidades, las empresas a cargo del proyecto Elecnor, Abengoa, Enegás y Bonatti, como terceros interesados, tramitaron un recurso de revisión, pues se ve perjudicada en la sentencia, el cual tendrá que ser revisado por un Tribunal Colegiado de Circuito.

“El amparo que se nos otorga es para efecto de que se realice primero que nada una consulta en donde las comunidades tenga el derecho a una audiencia y puedan decidir y definir si están o no de acuerdo con este proyecto, posteriormente las autoridades tendrían que reponer el procedimiento en base a los resultados obtenidos en esa consulta”, reiteró.

Por lo anterior, Montaño Flores puntualizó que tendrán que esperar la resolución de dicho recurso, ya sea que se confirma la consulta popular entre las comunidades o no, lo cual podría tardar entre tres y cuatro meses.

 

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...