EU retira cargos contra general Cienfuegos; “confían en México”: AMLO. Foto: Zeta
Sedena acatará fallo de SCJN sobre Ley de Seguridad: Cienfuegos. Foto: Twitter

El secretario de la Defensa Nacional (Sedena), Salvador Cienfuegos Zepeda, señaló que las fuerzas armadas serán respetuosas de las determinaciones que tome la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la Ley de Seguridad Interior.

En breve entrevista, el funcionario federal si bien agradeció la aprobación de dicha ley por parte del Congreso de la Unión, ya que es un marco jurídico que estaban solicitando, reiteró que acatarán la decisión final que se dé.

“Los soldados le damos la bienvenida a esta ley, agradecemos el esfuerzo que se hizo para otorgarla, pero como siempre ha sido, respetaremos lo que se dé por parte de los poderes Legislativo y el Judicial”, insistió.

Lo anterior, tras encabezar la graduación de 83 oficiales, de los que tres fueron mujeres, del Curso Único de Aplicación Táctico Administrativo “1/a Antigüedad 2017”, en la 25 zona militar de Puebla, el cual duró seis meses.

Cabe mencionar el pasado 21 de diciembre, el presidente Enrique Peña Nieto promulgó dicha ley, la cual dijo es “especialmente sensible” para la vida pública del país, pero el máximo órgano judicial decidirá si es inconstitucional o no, motivo por lo que no se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esto a pesar de que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pidieron que el mandatario federal hiciera uso del veto presidencial para echar atrás la legislación.

Dos artículos no necesitan declaratorias

Sin embargo, los artículos sexto y vigésimo sexto de la ley no necesitan de dicha declaratoria para ser aplicados.

En el caso del primero porque establece que “las autoridades federales incluyendo las Fuerzas Armadas, en el ámbito de sus respectivas competencias, implementarán sin necesidad de Declaratoria de Protección de Seguridad Interior, políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender oportunamente, según su naturaleza, los riesgos contemplados en la Agenda Nacional de Riesgos a la que se refiere el artículo 7 de la Ley de Seguridad Nacional”.

Mientras que en el segundo se determinó que las acciones que se realicen para identificar, prevenir y atender riesgos a la Seguridad Interior son de carácter permanente y no requieren de la emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, pudiendo suscribirse los convenios que en su caso requieran”.

 

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...