Asegura Rivera que no ha sido notificado de demanda de Paredes. Foto: EsImagen
Suspenden audiencia de Eduardo Rivera tras queja de la ASE de Puebla. Foto: EsImagen

La ASE de Puebla presentó una queja en contra del proceso de Eduardo Rivera Pérez ante el Juzgado Tercero de Distrito, por lo que se suspendió temporalmente el juicio de amparo 943/2017 y la audiencia que se realizaría el 23 de agosto.

Con la queja promovida por la dirección jurídica de la ASE de Puebla ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, el juez determinó que “se suspende el procedimiento” y se deja sin efecto la audiencia constitucional programada para las 9:20 de la mañana del 23 del mes en curso, en tanto se resuelve el recurso de queja 167/2017.

Sin embargo, no se han hecho públicos los detalles de la queja interpuesta por la Auditoría Superior del Estado (ASE) de Puebla respecto al juicio 943/2017 con el que Rivera Pérez logró que el juez federal ordenará la no inscripción de su nombre en el Registro Estatal y Nacional de Servidores Públicos Sancionados, pues el Congreso local y la ASE le impusieron una inhabilitación por 12 años, decisión que sigue firme.

Mientras que en un acuerdo emitido dentro del juicio de amparo 943/2017 que tomó el Juez Tercero de Distrito de Materia de Juicio de Amparo Civil, Administrativo, de Trabajo y Juicios Federales indicó que el Congreso local, el auditor David Villanueva Lomelí y el secretario de la Contraloría, José Villagrana Robles, “no han rendido sus respectivos informes justificados” respecto al embargo contra el panista.

Además, se dio un plazo de tres días siguientes a su notificación para que remitieran fotocopias certificadas, legibles, debidamente foliadas, rubricadas y entreselladas, de las constancias relacionadas con el embargo, pues son necesarias para resolver el juicio de amparo.

El juez también solicitó al exedil precisar los bienes inmuebles incautados, así como señalar a las autoridades que ejecutaron la acción.

Cabe mencionar que Rivera Pérez emprendió el primer juicio de amparo 553/2017 en marzo pasado, en el que se inconformó por los plazos en los que el Congreso y la ASE resolvieron el Inicio de Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades (IPADR) por su cuenta pública 2013, lo que resultó en una sanción por 25.5 millones de pesos y la inhabilitación por 12 años.

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