El Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia (SNT) aprobó, con 32 votos a favor y dos en contra de Morelos y el Itaip, que los sujetos obligados que no cumplan con subir su información a la plataforma de transparencia hasta el 4 de mayo no sean sancionados.

En sesión extraordinaria, el SNT avaló que los organismos garantes realizarán una primera verificación de carácter diagnóstica bajo la normatividad que ellos mismos determinen, la cual no tendrá, para los sujetos obligados, que en Puebla es de 340.

Dicha verificación se integra en dos fases: la primera se realizará del 8 de mayo al 14 de agosto del presente, para detectar “áreas de oportunidad” de cada sujeto obligado, así como para realizar posibles ajustes y modificaciones a los lineamientos generales y los criterios respectivos por parte del SNT.

En una segunda fase, que se efectuará del 15 de agosto al último día hábil de 2017 de cada organismo garante –en este caso, el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Itaip)– las revisiones a los portales tendrán como propósito dar seguimiento a la atención de las recomendaciones emitidas en la primera fase, sin que haya una multa.

Las denuncias que se presenten por los particulares por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, entre el 5 de mayo y el último día hábil del presente de cada organismo garante, se admitirán y acumularán para formar parte de la verificación diagnóstica.

Las acusaciones que se presenten posteriormente a que concluya la segunda fase de la verificación diagnóstico, y a partir del primer día hábil siguiente de acuerdo al calendario de cada organismo garante, surtirán todos sus efectos vinculantes y serán tramitadas conforme a la Ley General y demás normativa aplicable.

“Contraviene” la constitución: Itaip

Al respecto, los comisionados del Itaip, Gabriela Sierra Palacios, Marcela Carcaño Ruiz y Carlos Loeschmann Moreno se pronunciaron en contra.

Sierra Palacios, presidenta del instituto, sentenció que el pleno del Itaip no comparte los tiempos sugeridos en el acuerdo, ni el quitarle efectos vinculatorios a la figura en comento, pues de aceptarse se estaría pasando por alto la obligatoriedad de los mandatos que, respecto de los derechos humanos, señala la Constitución Mexicana.

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