El Congreso de Puebla busca reformar y adicionar cuatro artículos del Código Penal para aplicar sanciones por la difusión de agresiones físicas en internet y redes sociales ya que únicamente está sancionada la violencia digital.
La diputada Leonela Jazmín Martínez y el diputado Elías Lozada Ortega, integrantes del grupo legislativo del Partido Nueva Alianza (PNA), presentaron la iniciativa.
Los diputados mencionaron que cada vez es más frecuente que los jóvenes graben con sus celulares y difundan actos violentos que ocurren en entornos escolares. Por ello, en Puebla buscan aumentar las sanciones por difusión de agresiones físicas en internet.
Recalcaron que dichas acciones se convierten en “espectáculos” que al no recibir sanciones, se repiten y dañan a las víctimas.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), más del 20 por ciento de los usuarios de internet de México, han sido víctimas de violencia digital. Entre las prácticas más frecuentes de violencia digital, se encuentran estás:
- Hostigamiento
- Amenazas
- Difusión de contenido íntimo o violento sin consentimiento
Además, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), ha identificado la circulación de videos de agresiones, particularmente en contextos escolares, comunitarios o de pareja.
Por su parte, la Secretaría de Educación Pública (SEP) reconoció que la grabación y difusión de agresiones se ha convertido en un elemento recurrente que incentiva la repetición de conductas violentas.
Código Penal de Puebla no reconoce difusión de agresiones físicas
Cabe decir que, el Código Penal de Puebla contempla figuras como las lesiones y el ciberasedio, pero, no tiene una regulación específica que reconozca como agravante la difusión de agresiones físicas previamente cometidas. Ello genera un vacío normativo que limita la capacidad para sancionar integralmente estas conductas.
Por lo tanto, es importante que se actualice el marco normativo penal para responder a las nuevas modalidades de violencia digital, por medio de lo siguiente:
Establecer como agravante el delito de lesiones cuando la agresión sea captada y difundida con fines de humillación o intimidación.
Incorporar como supuesto de ventaja la utilización de medios electrónicos para registrar y difundir la agresión.
Fortalecer el tipo penal de ciberasedio, incrementando la sanción cuando el acoso consista en la difusión masiva de contenidos de agresiones físicas.
En este contexto, los diputados propusieron reformar y adicionar los artículos 309, 326, 355 y 480 del Código Penal de Puebla.




