El presidente del Congreso de Puebla, Pavel Gaspar Ramírez, advirtió que, de existir lagunas legales que impidan sancionar las pintas en bardas o promoción anticipada antes de los tiempos de campaña, sería necesario modificar la ley electoral.
En entrevista con medios de comunicación este jueves 23 de abril, el legislador de Morena hizo un llamado a sus compañeros diputados para que se concentren en su trabajo de territorio y eviten actividades de promoción anticipada con fines electorales.
Lo anterior, luego de que aparecieran bardas alusivas al diputado Andrés Villegas Méndoza, quien también preside el Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Puebla, en su municipio de origen, Tecamachalco.
Necesaria, reforma de ley electoral de Puebla por lagunas legales contra bardas: Pável
Pável Gaspar aseguró que es necesario reformar el Código de Instituciones y Procesos Electorales de Puebla para eliminar los vacíos legales que permiten la promoción anticipada de funcionarios públicos.
Subrayó que “la ley siempre es perfectible”, por lo que si existen lagunas, estas deben eliminarse. Invitó a los partidos políticos y a los legisladores a presentar una iniciativa en ese sentido.
El legislador también señaló que, al menos al interior de su partido, Morena, ya existe una “ley moral” impulsada por la dirigencia nacional. Esta prohíbe el uso de espectaculares y el adelanto de tiempos electorales.
Sobre las declaraciones de Olga Romero García-Crespo, quien atribuyó las pintas de bardas fuera de tiempo electoral a “admiradores o seguidores políticos”, Pavel Gaspar evitó pronunciarse. Mencionó que también hay personas con malas intenciones que se dedican a realizar ese tipo de pintas en Puebla.
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Código de Instituciones y Procesos Electorales
Actualmente, el Código de Instituciones y Procesos Electorales establece que el proceso electoral ordinario inicia entre el 3 y 5 de noviembre del año previo a la elección. Se entiende por precampaña el conjunto de actividades previas al registro de candidatos, realizadas por aspirantes dentro de un proceso interno de un partido político.
Mientras que los actos de precampaña son aquellos que promueven la aspiración de una persona a ser candidata. La propaganda de precampaña incluye escritos, imágenes, grabaciones, etc., difundidos durante ese periodo.
Durante las precampañas sólo se pueden usar artículos utilitarios textiles. Realizar actos de precampaña fuera del plazo establecido, como lo es la promoción en bardas, está prohibido por la ley electoral de Puebla.
Por lo que, los actos de precampaña son aquellos que se realicen durante la etapa de preparación de las elecciones. Estas que inician entre el 3 y 5 de noviembre del año previo a la elección ordinaria. Los que son antes de noviembre no se sancionaran.



