Luego de que personal de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Puebla (SPFA) se presentó en las instalaciones de TV Azteca en Puebla para realizar una diligencia de embargo, la televisora ofreció una garantía para el pago de sus créditos fiscales pendientes, con lo que evitó el procedimiento judicial.

Lo anterior sucedió al medio día de este viernes 29 de mayo en la sede de la Operadora Mexicana de Televisión, S.A. de C.V. de Puebla ubicada en la Torre Mayor de la Calzada Zavaleta. 

De acuerdo con la SPFA, la orden de embargo derivó de diversas multas administrativas federales por infracciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Estas fueron determinadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social desde enero de 2026.

Además, se informó que la generadora de contenido, propiedad de Grupo Salinas, cuenta con pasivos fiscales no especificados. Dichos incumplimientos se les informaron, conforme a la legalidad correspondiente, desde el día anterior, 28 de mayo. 

Empero, la dependencia estatal asegura que hasta el momento en que se acudió al inmueble de la televisora, no existía constancia del ofrecimiento de garantía

Por ello, notificadores de la dependencia estatal se presentaron a la sede de TV Azteca en Puebla para entregar el mandamiento oficial de embargo a los representantes administrativos del medio. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 145 del Código Fiscal de la Federación.

Sin embargo, a las 10 horas del mismo día, la empresa presentó ante la Dirección de Recaudación un escrito de ofrecimiento de garantía. Seguidamente, la SPFA de Puebla suspendió oficialmente la diligencia de embargo de bienes.

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Iniciarán proceso de validación de garantía

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Así pues, las autoridades fiscales informaron que iniciarán el proceso de validación correspondiente a la garantía de pago de adeudos. También, se notificó que la dependencia reservará el derecho de ejercer acciones de cobro posteriores en caso de que la garantía ofrecida no resulte procedente. 

Finalmente, especificaron que esta última decisión se tomó con el fin de no vulnerar los derechos de los contribuyentes. Esto según lo establecido en el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación.

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