La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo presentó la Ley General en Contra del Delito del Feminicidio que tiene el objetivo de eliminar la fragmentación normativa que permitía que los 32 estados regularán el delito de forma dispar, y evitar la impunidad en todas las fiscalías del país.

Desde Palacio Nacional, señaló que la disparidad en las entidades generaba deficiencias en los procesos de investigación, incorrecta clasificación de delitos violentos, subregistros y la ausencia de protocolos homologados que dificultan el derecho a la justicia de las víctimas.

Esta ley general establece una definición única de feminicidio: la privación de la vida de una mujer por razones de género. Se han codificado 10 razones de género específicas, tales como la existencia de signos de violencia sexual, motivos basados en estereotipos o prejuicios. Así como, antecedentes de violencia contra la víctima, y contextos de asimetría de poder.

Se establece una pena homologada de 50 a 70 años de prisión, con 19 agravantes que incrementan la pena. Estas se aplicarán cuando la víctima es niña, adolescente, adulta mayor, embarazada, vive con discapacidad, es periodista, defensora de derechos humanos o migrante.

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¿Cómo funcionará la nueva ley en el sistema de justicia penal?

También se incluyen agravantes por ataques con ácido o sustancias inflamables y cuando el perpetrador es servidor público. Además, para las tentativas se sanciona con una pena equivalente a la mitad o hasta dos terceras partes de la pena establecida para el feminicidio consumado.

En cuanto a otras sanciones adicionales, la ley general contempla la pérdida de derechos sucesorios, de tutela, guarda y custodia, y de patria potestad de huérfanos por feminicidio. En caso de servidores públicos, se añade la destitución e inhabilitación.

Con estos cambios, el delito es imprescriptible a nivel nacional. No proceden excusas absolutorias, atenuantes, criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicional ni amnistía.

Además, impone una obligación de investigar con “debida diligencia reforzada”. Las autoridades de procuración de justicia deben aplicar protocolos especializados que incluyan perspectiva de género, análisis de contexto de violencia y preservación adecuada de indicios.

¿Cómo cambiarán las fiscalías para atender casos de feminicidio?

La Ley General de Feminicidio exige que cada unidad o fiscalía especializada que inicie la investigación, sigua la continuidad procesal de los casos. Esto, junto con el Ministerio Público adscrito, debe intervenir de manera continua en todas las etapas, desde el inicio hasta la ejecución de las sanciones.

Tanto la Fiscalía General de la República como las fiscalías locales deben contar con unidades especializadas. Dichas especializaciones deberán estar integradas por personal técnico, pericial, policial y ministerios públicos capacitados específicamente en derechos humanos de las mujeres y atención a víctimas.

Asimismo, la ley integra una visión de reparación integral y protección, reconociendo derechos específicos para las víctimas directas e indirectas. Esto especialmente para las niñas, niños y adolescentes en orfandad.

¿Con qué derechos cuentan las víctimas de feminicidio?

Las víctimas estarán respaldadas por derechos como el acceso a la verdad y justicia, atención médica y psicológica de urgencia, asistencia jurídica gratuita, y restitución digna del cuerpo. Incluso, se garantiza traducción e interpretación para poblaciones indígenas.

La reparación del daño debe ser transformadora, efectiva, rápida y proporcional, con énfasis en el bienestar de las hijas e hijos en orfandad.

Para la protección de la dignidad, la ley general exige que medios de comunicación y plataformas digitales eviten la apología de la violencia y respeten la dignidad de las víctimas de feminicidio.

Las políticas se articularán mediante el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia. Se contempla la creación de un Registro Nacional de niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio y la actualización de protocolos.

Actualmente, el Estado mexicano cuenta con una red de apoyo que incluye 1001 centros libres, y 85 centros de justicia. Además, 99 espacios de refugio, la línea 079 (opción 1) y una red de casi 1200 abogadas especializadas para el acompañamiento de las familias.

Redactora del portal Ángulo 7 para Nacional. Estudió la licenciatura de Literatura y Filosofía en la Universidad Iberoamericana de Puebla, también es cuentista originaria de la Sierra Norte de Puebla.