Dentro del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas se tiene un total de 394 mil 645 registros, de los cuales 132 mil 532 permanecen activos, entre ellos el 31 por ciento, correspondiente a 40 mil 308 tienen actividades posteriores a su fecha de desaparición.
Así lo informó Marcela Figueroa Franco, subsecretaria de Seguridad Pública; Félix Arturo Medina Padilla, subsecretario de Derechos Humanos; y Rosa Icela Rodríguez Velazco, secretaria de Gobernación, desde Palacio Nacional, donde detallaron los avances en materia de desaparición tras la reforma constitucional del 2025, donde es obligatorio el inicio de una carpeta de investigación desde el primer momento en que se registra una desaparición.
Desde su creación en 2018, el registro incluye casos desde 1952 a la fecha, sumando un total de 394 mil 645 casos de desaparecidos. De estos, el 66 por ciento, correspondiente a 262 mil 111 personas fueron localizadas, de éstas, el 92 por ciento, 240 mil 211, con vida.
Actualmente, 132 mil 534 personas continúan con estatus de no localizadas o desaparecidas. Estos registros se dividen en un periodo de larga data, de 1952 a 2005, que suma 2 mil 356 casos. Respecto a ellos, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que corresponden, en su mayoría, a crímenes de Estado vinculados a gobiernos neoliberales.
Registros de desaparecidos de 2006 al 2026
Por otro lado, en la clasificación de 2006 a 2026 cuenta con 130 mil 178 registros de personas desaparecidas. Esto ya que desde ese año se observó un incremento exponencial en el fenómeno de desapariciones cometidas por particulares, a menudo relacionadas con organizaciones criminales. Estos se dividen en tres grupos:
Registros sin datos completos: estos representan el 36 por ciento del total, correspondientes a 46 mil 742 casos. Estos carecen de información esencial como nombre, sexo, fecha de nacimiento o contexto de desaparición, lo que dificulta la búsqueda.
Antes de las reformas de desaparición del 2025, no se requerían datos mínimos para los reportes. Ejemplos incluyen reportes que sólo tienen datos como: “menor NN” o “Muebles Gaby”, sin información de contacto, nombres completos o referencias físicas.

Registros con datos suficientes y actividad posterior: representan el 31 por ciento del total, 40 mil 308 casos de desaparición. Aunque estas personas están reportadas como desaparecidas, se han identificado actividades posteriores como: matrimonios, registros de hijos, altas en el SAT o cambios de domicilio en el INE.
Para formalizar su localización, se requiere una prueba de vida o fallecimiento. Gracias a este mecanismo, 5 mil 269 personas ya han sido ubicadas y su estatus actualizado.
Registros con datos completos sin actividad posterior: representa el 33 por ciento del total, 43,128 casos. Cuentan con información completa para la búsqueda, pero no se han encontrado actividades posteriores a la fecha de desaparición.
De estos, solo 3 mil 869 tienen una carpeta de investigación formal, mientras que 26 mil 611 son únicamente reportes que no inician una investigación.
Obligación de búsqueda a las fiscalías
Estos registros se establecieron gracias a las reformas a las leyes de desaparecidos y de población que se aprobaron en julio de 2025. Estas reformas establecen la alerta nacional de búsqueda y la obligación de abrir carpetas de investigación ante el primer reporte. Asimismo, la creación de una base nacional de carpetas de investigación y una plataforma única de identidad.
También fortalecen el Banco Nacional de Datos Forenses y la Comisión Nacional de Búsqueda, exigiendo datos mínimos en los registros oficiales y mejorando la coordinación entre instituciones. Además, se implementó un sistema integral que involucra a múltiples instituciones estatales y federales. Esto incluyendo a fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República (FGR), para mejorar las investigaciones y prevenir este delito.
Al iniciarse el registro de una persona desaparecida, se activa de inmediato una alerta nacional que involucra a instituciones públicas y privadas. Al igual que medios de comunicación, terminales de transporte y empresas de telefonía para difundir la información.
De igual forma, las nuevas leyes contemplan sanciones administrativas y penales para los servidores públicos que no den seguimiento a los casos o no abran las carpetas de investigación. Existe un diálogo permanente con colectivos y familias de personas desaparecidas, con comunicación constante y apoyo de la Comisión Nacional de Búsqueda y la Secretaría de Gobernación.





