El Congreso de Puebla analiza una iniciativa para avanzar en el acceso a la muerte digna, en tanto aún es ilegal la eutanasia. Esta aplicaría cuando un paciente agote todas las opciones de tratamiento, padezca una enfermedad incurable y experimente dolores intensos e incontrolables.
El diputado Mauricio Céspedes del Partido del Trabajo (PT) presentó en el Congreso de Puebla una iniciativa para reformar la Constitución Política del estado con el fin de reconocer el derecho a la muerte digna el pasado 4 de diciembre.
Aunque aún no se reconoce la eutanasia, que es cuando la muerte es inducida vía médica, representa un avance para reconocer este derecho en Puebla.
Al respecto, el pasado miércoles el legislador expuso a Ángulo 7 que la propuesta surge ante numerosos casos en los que, agotadas las posibilidades científicas y los recursos económicos para untratamiento el paciente enfrenta un sufrimiento extremo sin alternativas médicas para aliviarlo.
En dichas circunstancias, se plantea que la decisión final pueda tomarse por el propio paciente. Asimismo, debe consensuarlo con su familia.
Eutanasia no es legal en Puebla, debe considerar a pacientes terminales
Aunque la eutanasia no es legal en la actualidad, el diputado subrayó la necesidad de que un dictamen médico formal certifique que no existen más alternativas de cura. Este dictamen debe notificarse tanto al paciente como a sus familiares.
El diputado de Puebla, Mauricio Céspedes argumentó que la propuesta de eutanasia no contradice sus principios ya que que se trata de una cuestión prioritaria.
La reforma tiene como objetivo permitir que un paciente, en ejercicio de su autonomía, pueda rechazar tratamientos. En su lugar, acceder a cuidados paliativos y medicamentos que alivien el dolor, en el marco de una futura legislación sobre eutanasia.
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Ley de Voluntad Anticipada
Es importante señalar que la eutanasia, o muerte médicamente asistida, no cuenta con reconocimiento legal en México ni en Puebla.
Sin embargo, desde 2008 la muerte digna se encuentra vigente la Ley de Voluntad Anticipada. En el país, el derecho a una muerte digna se ejerce legalmente a través de tres vías principales.
La primera consiste en la suspensión o la omisión de tratamientos médicos cuando estos ya no ofrecen beneficios, generan mayores perjuicios y el paciente expresa su deseo de no recibirlos.
La segunda son los cuidados paliativos, orientados a brindar calidad de vida al atender síntomas físicos, así como necesidades psicológicas y familiares.
La tercera es la voluntad anticipada, un instrumento mediante el cual una persona puede manifestar previamente que, en caso de perder la consciencia y someterse a un tratamiento, este se suspenda de acuerdo con su declaración previa.





