De los mil 579 abortos practicados de enero a abril de 2025, el 44.8 por ciento fueron legrados uterinos, es decir, 708 casos, un método invasivo y doloroso para la paciente; en Congreso de Puebla presentó una iniciativa para evitar que los doctores practiquen estos procedimientos.
Para continuar con el avance en los derechos reproductivos de las mujeres, en el marco del Día de Acción Global por el Aborto Legal, Seguro y Accesible, que es el 28 de septiembre, integrantes de la agrupación Aborto Legal plantearon un cambio en la regulación.
Las colectivas buscan que puedan realizarse otros procedimientos, como el uso de medicamentos menos dañinos e invasivos, así como la Aspiración Manual Endouterina, los cuales son recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
Vale decir que de los mil 579 abortos practicados de enero a abril, el 46.1 por ciento fueron por Aspiración Manual Endouterina para extraer el contenido del útero, es decir, 728 casos. Casi la otra mitad fue por legrado.
En cuanto al uso de medicamentos, solamente se reportaron 38 mujeres atendidas con estos métodos, y otros 105 cinco casos no se especifican.
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Iniciativa para evitar legrados
En la propuesta de ley esto se establece en el Capítulo 7 del apartado de salud mental, con respecto al artículo 68, que señala que los médicos deben garantizar un aborto seguro y, en el grado posible, ofrecer la información correspondiente para que las pacientes conozcan las opciones de métodos, tomando en cuenta principalmente el tiempo de gestación y la salud de la paciente.
Además, ese artículo también establece que, tratándose de la solicitud derivada de una violación o inseminación artificial no consentida, no podrá condicionarse el aborto.
Estos legrados se tienen que efectuar en un plazo no mayor a tres días naturales contando desde la fecha de solicitud.
Para reforzar la iniciativa, el día 25 de junio se llevará a cabo una capacitación a médicos en el Congreso del Estado de Puebla, de nueve de la mañana a una de la tarde, con el objetivo de que los doctores conozcan la posibilidad de aplicar métodos alternativos.
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Combate a la criminalización y ampliación de la atención
La ley busca garantizar que no haya una criminalización proveniente de la sociedad de carácter conservador en el estado de Puebla hacia las mujeres que decidan abortar. Cabe señalar que el 15 de julio de 2024, mediante una reforma al artículo 339 del Código Penal del Estado de Puebla, se reconoció el derecho a interrumpir el embarazo hasta antes de las 12 semanas de gestación, sin tener que justificar la decisión.
Sin embargo, en una sociedad donde no hay campañas suficientes de concientización ni programas educativos que permitan respetar las decisiones de las mujeres, la ley plantea que todo el sistema de salud pública (desde guardias de seguridad, camilleros, enfermeros y doctores) no juzguen ni criminalicen una decisión que legalmente ya está aprobada.
Las colectivas también dieron a conocer que la Secretaría de Salud del estado de Puebla reportó en 2024 alrededor de 205 pacientes en diversos hospitales, lo que representa un bajo porcentaje de atención a pesar de que ya está despenalizado.
Modificaciones a la Ley de Salud
Otras modificaciones son al Capítulo Dos, que se adicionará el artículo 33 Ter, en el que se señala que el personal médico y de enfermería del sistema estatal de salud tendrá que abstenerse de emitir juicios de valor que discriminen la dignidad de las mujeres con el fin de evitar la prestación del servicio y tendrá que atenderla.
En cuanto al Capítulo 7, respecto a la salud mental, se propone que el servicio de interrupción de embarazo debe también incluir una atención médica, servicios de orientación psicológica y social, además de planificación familiar y educación sexual. Las reformas modificatorias presentadas en materia de salud por parte de la comisión correspondiente serán discutidas en octubre para su eventual aprobación.
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