La Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla emitió la recomendación 12/2025 al ayuntamiento de Tepexi de Rodríguez por vulnerar el derecho humano a la seguridad jurídica en 2018 sobre la ubicación del cuerpo de V1, quien desapareció en 2015.
La recomendación derivó de violaciones a derechos humanos hechas por personas servidoras públicas del registro civil de dicho municipio en 2018, quienes no emitieron el acta de defunción de V1 y por lo que la familia no ha podido sepultarlo desde entonces.
Los derechos violados fueron respecto a la seguridad jurídica, al deber de debida diligencia, y a conocer la verdad sobre la ubicación e identificación del cuerpo de V1.
Lo anterior surgió el 19 de julio de 2022 cuando la CDH de Puebla recibió una queja de VI1, quien explicó que el 29 de enero de 2015 fue a una agencia del Ministerio Público en Puebla para reportar la desaparición de V1.
Por lo que tras la denuncia realizada a la CDH Puebla, se inició una investigación con el número de expediente AP1, bajo el sistema tradicional.
Posterior al análisis de las evidencias recabadas en el expediente AP1, la CDH advirtió que existieron elementos de convicción suficientes para acreditar la vulneración del derecho.
Lo anterior respecto al debido proceso por no observar la garantía judicial del plazo razonable, la violación a la seguridad jurídica y el deber de debida diligencia.
Así como la violación al derecho de los familiares a conocer la verdad sobre la ubicación e identificación del cuerpo, y la transgresión del derecho a la memoria y al proyecto post-vida en agravio de VI1 y VI2.
CDH Puebla da recomendación a Tepexi de Rodríguez
Tras eso, la CDH de Puebla dirigió una propuesta de conciliación a la Fiscalía General del Estado FGE de Puebla y al ayuntamiento de Tepexi de Rodríguez, mediante el oficio V3/000286, de 31 de marzo de 2023, la cual fue aceptada por ambas autoridades.
Sin embargo, el ayuntamiento de Tepexi de Rodríguez no cumplió la totalidad de los puntos conciliatorios.
Por lo tanto, con motivo del incumplimiento y del análisis ejecutado, la CDH de Puebla acreditó la existencia de violaciones a los derechos humanos.
Cabe decir que este incumplimiento no solo refleja una omisión en la atención adecuada, sino que también vulnera el derecho de las víctimas indirectas al no haber realizado las gestiones para la emisión del acta de defunción en favor de V1.
En ese contexto, la CDH Puebla emitió las siguientes tres recomendaciones:
- Se otorgue a VI1 y VI2 reparación integral consistente en compensación económica en términos de la Ley General de Víctimas.
- Se determine el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente.
- Y se brinde capacitación en materia de control archivístico a los servidores públicos del Registro Civil.
Con estas acciones la CDH de Puebla reafirma su compromiso de garantizar los derechos humanos de las personas.
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