La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de forma temporal parcial la planta extractora de aceite de palma de la empresa Seopalma, ubicada en Mapastepec, Chiapas, debido a que descarga de manera ilegal sus aguas residuales industriales.

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Fue durante una visita de inspección el pasado 4 de abril que los inspectores de la Profepa encontraron que la empresa no contaba con la documentación legal y técnica para demostrar que las aguas residuales generas son tratadas de conformidad con la norma NOM-001-SEMARNAT-2021.

Además, se constató que la empresa vierte directamente sus aguas residuales al suelo, lo que representa un riesgo grave para los ecosistemas y para la salud pública. Por ello, la Profepa impuso a Seopalma ocho medidas de urgente aplicación debido a las irregularidades en el manejo de sus aguas residuales industriales.

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La Profepa dará seguimiento a este procedimiento, para verificar que Seopalma S.A. de C.V. cumpla las medidas correctivas y presenten los documentos solicitados.

Clausura y 8 medidas de Profepa a Seopalma

Las ocho medidas de urgente aplicación que impuso la Profepa, además de la clausura parcial, en contra de Seopalma con el fin de reducir los impactos ambientales de la descarga ilegal de aguas residuales industriales son:

  1. Presentar el título de concesión o permiso de descarga de aguas residuales.
  2. Presentar las especificaciones técnicas del sistema de Tratamiento de Aguas de la planta extractora de aceite de palma de la empresa.
  3. Presentar informe de resultados de los monitores de aguas tratadas previo a su descarga.
  4. Presentar el pago de derechos federales por el uso de cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales.
  5. Contar con aparatos medidores y accesos para los muestreos previstos en su permiso de descarga.  
  6. Presentar documentos que acrediten que la empresa realiza el tratamiento primario
  7. Presentar los registros sobre el monitoreo de sus descargas de aguas residuales (volumen y calidad de las aguas) a partir del 1 de enero de 2024 y hasta el 4 de abril de 2025.
  8. Cédula de Operación Anual del 2024.
  9. Tratamiento de aguas residuales de conformidad con la normatividad vigente.

M.H.C.

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