Por unanimidad el HCU avaló el análisis de la Comisión de Legislación Universitaria de declarar improcedente la inconformidad de Rodolfo Zepeda Memije para participar en el proceso de elección a rector, por falta de sustento en las leyes de la universidad y por falsificar un papel.
Al reanudar la sesión permanente del Honorable Consejo Universitario (HCU) este 2 de septiembre, se leyó el dictamen y análisis de dicha comisión, sobre lo señalado por Zepeda Memije. Resaltaron que Lilia Cedillo no votó para la emisión de la convocatoria, lo que la excluye de cometer una violación al Estatuto Orgánico de la universidad.
Los argumentos de la Comisión de Legislación Universitaria para rechazar la inconformidad de Zepeda Memije, son los siguientes:
En primer lugar la convocatoria para convocar a un proceso de elecciones de rector está establecido en el Estatuto Orgánico de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), por lo que no puede impugnarse la convocatoria como lo hizo Zepeda Memije.
Argumentos para rechazar impugnación de Zepeda Memije
Zepeda Memije apela al artículo 18 del Reglamento de elección para elegir a las autoridades de la BUAP, para impugnar la decisión de la comisión de auscultación por no haber calificado para ser candidato a rector. El artículo 18 sí establece que si alguno de los aspirantes que no está conforme con la decisión puede recurrir al HCU.
Esta audiencia con el HCU funciona para que el candidato pueda otorgar los motivos de manera fundamentada a su decisión.
En ese sentido, la Comisión de Legislación Universitaria apeló al punto dos y 10 de la convocatoria, sobre las elecciones de la BUAP. Que asimismo, señala que el aspirante debe poseer nombramiento de investigador, titular definitivo de tiempo completo.
No obstante, Zepeda Memije ante la Comisión de Auscultación presentó un documento inconsistente de una sola hoja. En donde el exrector Alfonso Esparza Ortiz creó una plaza con la categoría PI titular A tiempo completo nivel 660 con carácter definitivo.
Así mismo presentó una constancia DRH/2653/2025, emitida por la Dirección de Recursos Humanos, la cual refería una plaza de profesor asociado C de tiempo completo nivel 656.
Contradiciendo su supuesto cumplimiento de Zepeda Memije como profesor titular, investigador titular definitivo de tiempo completo.
Esta información se comprobó ya que solicitaron a Recursos Humanos la información sobre la constancia de la categoría PI titular A. Confirmando la plaza se le otorgó a la profesora Guadalupe Mejía.
Otro de los argumentos fue que no se nombró el consejo de auscultación bajo el reglamento mencionado. Sin embargo, la abogada general de la BUAP, Georgina Tenorio, recordó que en la novena sesión extraordinaria del HCU aprobó la comisión de Auscultación, el pasado 21 de agosto de 2025.
Se determina no idoneidad a Memije
El HCU estableció que, con base en el previo dictamen de la Comisión de Auscultación que determinó la no idoneidad de Zepeda Memije para el proceso 2025-2029. Este acontecimiento, se le procederá a notificarle de una manera formal por la improcedencia de su recurso.
Por su parte, la abogada general de la BUAP, Georgina Tenorio, declaró que se deslindarán responsabilidades. Asimismo, se emprenderán las indagatorias pertinentes en torno a la presunta presentación de documentos falsos de Zepeda Memije
Finalmente, a raíz de 23 participaciones, el Consejo Universitario encomendó a la Comisión de Honor y Justicia que revise los casos irregulares de plazas. Por el motivo de la situación que salió a la luz tras la falsa documentación presentada por Zepeda Memije.
MDPG





