El envío de narcos a Estados Unidos de América fue más allá de ser delincuentes organizados.

En la opinión pública y publicada se ha mencionado: que si no se cumplió el tratado de extradición, que si fueron desterrados, que si pudiera aplicarse la sentencia de la pena de muerte, quién decidió la medida y algunos juristas comentaron que no existe en México precepto legal que aplique al caso, veamos algo al respecto.

BANNER

Legislación internacional: en este espacio hemos comentado que México ha suscrito el: Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, el Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas cometidos con Bombas, la Convención para Prevenir y Sancionar los Actos de Terrorismo Configurados en Delitos contra las Personas y la Extorsión conexa cuando éstos tengan trascendencia internacional, así como la Convención Interamericana contra el Terrorismo y, hasta donde sabemos, nuestro país no ha denunciadoestos instrumentos internacionales. Cabe mencionar que La delincuencia organizada en la ONU se trata en el Consejo Económico y Social, mientras que el terrorismo se atiende en el Consejo de Seguridad.

Terroristas: los americanos definieron como enemigos a los cárteles mexicanos, entre otros grupos criminales, lo mismo hizo Canadá, por lo que si esto han hecho los países socios comerciales a donde llega la droga que pasa por el territorio nacional o se hace acá, entonces ¿algo tendría qué hacerse en México?

Cambio de paradigma: la designación de terroristas lleva a los países que así los traten a un cambio, ya no son sólo delincuentes organizados, sino que pueden ser juzgados por haber cometido un acto terrorista, por lo que no sólo es cuestión de semántica el así designarlos, ahora las políticas al respecto se verán bajo el prisma del terrorismo narco.

Por lo anterior, a manera de propuesta se podrían modificar las leyes nacionales en el tema del terrorismo con una óptica de seguridad interrelacionada, con el fin de sancionar la pertenecía al terrorismo, cuando alguien cometa un acto terrorista y la forma de presentarlos ante la justicia nacional o de otro país.

De la misma forma, los programas que se deriven del Plan Nacional de Desarrollo 2025 – 2030, que pudieran ser el de seguridad nacional y el de control de drogas ilícitas, pudieran definir los lineamientos institucionales para tratar el narcoterrorismo en el país o en el plano internacional.

León Tolstói expresó: “Es más fácil hacer leyes que gobernar”.

*Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente la línea editorial del portal de noticias Ángulo 7.

Sociólogo y Maestro en Administración Pública. Ha laborado en el gobierno federal y en gobiernos locales en áreas de gobierno y seguridad. Ha sido profesor en la Universidad de las Américas y del...