Una recién nacida fue abandonada el pasado 24 de febrero en una tortillería del municipio de Acatlán. Elementos de Rescate y Auxilio Voluntario atendieron en el lugar a la bebe y la trasladaron al hospital general de este municipio.

De acuerdo con empleados del establecimiento, una mujer de la tercera edad pidió que cargaran por un momento al bebé, sin embargo, huyó del lugar. Pese a los intentos por devolver al bebé, la mujer reiteró no contar con los recursos para cuidar del recién nacido.

Por lo que elementos de la policía municipal y de las instituciones correspondientes tomaron el caso para garantizar el bienestar de la recién nacida. Por su parte, habitantes del municipio han reiterado su interés en apoyar a la bebé e, incluso, iniciar el proceso de adopción.

Autoridades municipales expresaron que realizaran el proceso conforme a la ley, por lo que los tramites podrán iniciar en cuanto se estabilice la situación de la recién nacida.

Recién nacido abandonado en Puebla

El pasado 13 de enero, una recién nacida fue atendida por policiales municipales de la ciudad de Puebla. Esto, luego de que vecinos de la colonia Santa Bárbara Norte reportaran a la bebé envuelta en cobijas y con el cordón umbilical aún expuesto.

En el lugar, paramédicos valoraron el estado de salud de la bebé y la trasladaron a un hospital al corroborar que contaba con signos vitales. Por lo que quedó a resguardo del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) mientras que la fiscalía iniciará las investigaciones correspondientes.

Puebla castiga abandono y agiliza adopción

El abandono de niñas o niños incapaces de cuidarse por sí mismos, se castiga con tres a cinco años de cárcel. Además, se retira la patria potestad o tutela del menor, de acuerdo con los artículos 346 del Código Penal del Estado de Puebla.

El congreso de Puebla, modificó el pasado 6 de julio, el proceso de adopción en el Estado, con el objetivo de agilizarlo. Esta modificación, tambien permite que las parejas del mismo sexo, personas solteras y los adultos mayores puedan realizar el procedimiento.

Agiliza el proceso, pues el titular del juzgado familiar dispone de 60 días para emitir la sentencia sobre la patria potestad de los menores de edad. Además, prohíbe la promesa de adopción durante el proceso de gestación, pactar el procedimiento sin intervención de autoridades y solicitar la patria potestad con fines ilícitos.

incendios forestales