La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo promulgó la reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución, conocida como “supremacía constitucional”; el documento ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La publicación del decreto apareció en la edición vespertina del 31 de octubre en el DOF y entró en vigor a partir de este 1 de noviembre, luego de alcanzar la validación de 23 congresos locales y la declaratoria de constitucionalidad de la Cámara de Diputados.

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La reforma impulsada por Morena frena la presentación de amparos y controversias ante modificaciones aprobadas a la Carta Magna por el Congreso de la Unión (Senado de la República y Cámara de Diputados).

De acuerdo con la publicación del DOF, la reforma de supremacía constitucional plantea en el artículo 105 que serán “improcedentes las controversias constitucionales o acciones de constitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas esta Constitución”.

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En el caso del artículo 107, la reforma refiere que: “tratándose de juicios de amparo que resuelva la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

Dentro de los artículos transitorios del decreto que firmó la presidenta Sheinbaum Pardo, destaca el numeral segundo que precisa que los asuntos que estén en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en la publicación.

Con ello, el proyecto que discutirán los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la constitucionalidad de la reforma judicial no procederá.

El próximo 5 de noviembre, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá someterá a votación su propuesta para declarar inconstitucionales aspectos de la reforma judicial como la elección de jueces y magistrados federales por voto popular, así como la prohibición de suspender normas generales en amparos y el recorte salarial para jueces y magistrados en funciones.

También propone dejar fuera de la reforma judicial la figura de “jueces sin rostro”, la cual aplicaría para temas de relacionados con el crimen organizado.

En tanto, el ministro propone mantener la elección por voto popular de los miembros del máximo tribunal del país, así como para magistrados de los tribunales de Disciplina Judicial y Electoral.

Además, dejarían sin modificaciones la disposición de la reforma judicial relativo a que los integrantes del Poder Judicial no pueden tener una percepción salarial superior a la del titular del Poder Ejecutivo federal.