Prestaciones del PJF, garantizados; SCJN debe aprobar extinción de fideicomisos. Foto: Especial.

Prestaciones del PJF, garantizados; SCJN debe aprobar extinción de fideicomisos. Foto: Especial.

El presidente Andrés Manuel López Obrador pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declarar constitucional el decreto por el que se extinguen 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), y que serían destinados a los damnificados por el huracán Otis.


A través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, el presidente López Obrador aclaró que las prestaciones de personas servidoras públicas del Poder Judicial están garantizadas en el presupuesto de egresos; por lo que reiteró que es falso que los fideicomisos sirvan para cubrirlas.

El comunicado emitido por las partes, señala que la Suprema Corte “debe declarar la constitucionalidad del decreto que extingue los fideicomisos y ordenar que se actúe en consecuencia”.

Además recordó que la propia ministra presidenta, Norma Piña Hernández, se comprometió a devolver los recursos de los fideicomisos para ser utilizados en la reconstrucción de Acapulco, por lo que pidió respetar este acuerdo.

Por lo que solicitó a la Corte, cumplir con el artículo 17 constitucional, en el sentido de privilegiar el análisis de la constitucionalidad de las normas por encima de formalismos procedimentales que supuestamente incumplió el Poder Legislativo, ya que, además, se dio la participación a todas las fuerzas políticas, como obliga el artículo 72 constitucional.

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Prestaciones aseguradas

La presidencia reiteró que los salarios y prestaciones de los integrantes del Poder Judicial de la Federación están previstos en el artículo 123, apartado B de la Constitución y demás normas laborales aplicables. Sin embargo, no existe disposición constitucional que establezca el pago de prestaciones extraordinarias que no estén fijadas en la ley.

“Están autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación las siguientes partidas específicas: (i) 14401 Cuotas para el seguro de vida del personal civil; (ii) 14403 Cuotas para el seguro de gastos médicos del personal civil; (iii) 14404 Cuotas para el seguro de separación individualizado; (iv) 14405 Cuotas para el seguro colectivo de retiro, y (v) 15301 Prestaciones de retiro”, explicó en el comunicado.

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