Si SCJN invalida Plan B de reforma electoral, viola división de poderes: gobierno
Si SCJN invalida Plan B de reforma electoral, viola división de poderes: gobierno. Foto: Especial
Si SCJN invalida Plan B de reforma electoral, viola división de poderes: gobierno
Si SCJN invalida Plan B de reforma electoral, viola división de poderes: gobierno. Foto: Especial

Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalida el proceso legislativo del llamado Plan B de la reforma electoral estaría “sustituyendo al Congreso de la Unión”, es decir, violaría la división de poderes, advirtió el gobierno de México en un comunicado.

Lo anterior, a unas horas de la discusión del proyecto, a través de un comunicado donde el gobierno de México llamó a las y los ministros a privilegiar “la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia.”

Asimismo, destacó que el principio de división de poderes prohíbe a la SCJN establecer requisitos adicionales al trámite legislativo, pues la Constitución reserva esa facultad al Congreso de la Unión, debido a que en el proyecto de sentencia el ministro Alberto Pérez Dayán propone anular la totalidad del decreto aprobado por el Poder Legislativo en diciembre de 2022 al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso, destacó.

Lo anterior, porque el proyecto del ministro omitió examinar la dispensa de trámite, que es una atribución reglamentada de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones, para lo cual basta que el pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución.

Asimismo, destacó que es inexacto que se haya transgredido el principio de deliberación democrática pues durante la aprobación de las leyes que integran el “plan B” en materia electoral, el Congreso de la Unión cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios; incluso, con los criterios de la propia SCJN.

Contrario al proyecto de sentencia, destacó, no se afectó en forma alguna el principio de deliberación democrática, pues se agotaron las etapas del proceso legislativo en el que participaron todos los grupos parlamentarios por conducto de sus legisladores.

En ese sentido, afirmó que la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión, pues de hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos.

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