Infancias trans, con derecho a modificar sus actas de nacimiento: SCJN
Infancias trans, con derecho a modificar sus actas de nacimiento: SCJN. Foto: Especial

Los Congresos estatales no pueden impedir que las infancias trans modifiquen a sus actas de nacimiento conforme a su identidad de género, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al invalidad una disposición del Código Civil de Baja California Sur que sólo lo permitía para mayores de edad. 

Los ministros en sesión del pleno, concluyeron que las infancias y adolescencias no tengan acceso a procedimientos para ajustar sus documentos oficiales, los coloca en situaciones de abuso y discriminación.

“La distinción con base en el género surge a partir de que, mientras las niñas, niños y adolescentes que se reconocen con el género que les fue asignado al nacer tiene derecho a que sus documentos oficiales reflejen esa identidad, las infancias y adolescencias trans o tiene esa misma posibilidad”, señaló el ministro Javier Laynez.

Por unanimidad el máximo tribunal del país invalidó el artículo 144 Ter del Código Civil de Baja California, que prohibía la posibilidad a los menores de edad que no se identifiquen con su sexo biológico de tramitar el cambio de género en su acta de nacimiento sin tener que esperar hasta que cumplan los 18 años. 

El 3 de marzo de 2022, las infancias y adolescencias trans lograron un derecho legal más en México, en esa ocasión la Suprema Corte de Justicia determinó que es inconstitucional exigir ser mayor de edad para solicitar una nueva acta de nacimiento que reconozca la identidad de género, garantizando así mayores derechos para las llamadas infancias y adolescencias trans.

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *