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Como si tratara de poner un alto a la discusión generada por la secrecía en la que se elaboraría el contenido de la nueva propuesta pedagógica Gracia, y quizá siguiendo instrucciones del más alto nivel, Leticia Rodríguez Amaya habría rubricado los Acuerdos 06/08/23, 07/08/23 y 08/08/23 que se publicarían el día 15 de agosto del año en curso en el Diario Oficial de la Federación.

El Acuerdo 06/08/23 por el que se abroga el acuerdo que en el mismo se indica y firmado por la titular del despacho educativo lo mismo que por Victoria Guillén Álvarez, Directora General de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito y tras fundamentar sus atribuciones en diversos artículos tanto de la Constitución Política, la Ley Orgánica de la Administración Pública, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley General de Educación, el Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos como Organismo Público Descentralizado y por último el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.

En el Considerando apuntaría “Que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Cpeum) dispone que el Estado garantizará […] la idoneidad de los materiales didácticos entre los que incluiría a los libros de texto gratuito, aunque éstos no se mencionen expresamente en estas líneas, y “contribuyan a los fines de la educación”.

La argumentación señalaría que tanto “Cpeum” [y] la Ley General de Educación (LGE) prevén que corresponde al Estado la rectoría de la educación”; aunque acorde con la nueva metodología, la comparta bajo la figura de codiseño con el casi millón quinientos mil docentes de educación obligatoria y normal. A más de mencionar los criterios, fines y principios que regirían a la educación en el contexto nacional, en el párrafo se mencionaría que “el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes” sería uno de los objetivos centrales, y que ahora pasarían a segundo término al poner la comunidad al centro del quehacer educativo. A la niñez y a la juventud se encaminaría “el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo el principio constitucional del derecho a la educación”.

En un siguiente parágrafo, el Considerando mediante un golpe de timón dado Leticia Rodríguez Amaya y en el que afirmaría su autoridad,  precisaría “que la LGE establece que las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia, proporcionarán a los educandos los libros de texto gratuitos y materiales educativos impresos o en formatos digitales para la educación básica, garantizando su distribución; los libros de texto que se utilicen para cumplir con los planes y programas de estudio serán los autorizados por la Secretaría de Educación Pública (SEP), por lo que queda prohibida cualquier distribución, promoción, difusión o utilización de los que no cumplan con este requisito, y corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal: 1) elaborar, editar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, entre otras acciones; 2) autorizar el uso de libros de texto para la educación preescolar, primaria y secundaria; y, finalmente, 3) fijar lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación básica”; aunque las escuelas privadas y muchas públicas obliguen a la compra de libros y sistemas informáticos adicionales.

Recordaría que mediante el documento señalado abrogaría el Acuerdo 18/12/17 mediante el cual se habrían aprobado “los Lineamientos” que autorizarían en su momento, los libros que podían ser utilizados en la educación secundaria ya fuera la impartida por el gobierno o por particulares; acuerdo Nuñista que prevería la cancelación “sin responsabilidad alguna para la SEP por cambios en el plan o los programas de estudio de las asignaturas previstas en su lineamiento Tercero”; ordenamiento que habría sido modificado mediante el Acuerdo 18/12/17, que sería publicado el 12 de marzo de 2021 en el DOF signado por la SEP y la CONALITEG; autoridades que, lo mencionan las citadas instancias, que tras considerar “que han cambiado las condiciones que llevaron a su expedición y se ha cumplido su finalidad, hemos tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo por el que se aboga el acuerdo que en el mismo se indica. Artículo único. Se abroga el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 2021.

Decisión Gracia que sin duda alguna sería cuestionada por particulares, quienes cuestionarían “la sobre ideologización de los Nuevos Libros de Texto Gratuito, incluidos los de secundaria”, aunque las autoridades educativas recurrieran a un golpe de timón para imponerlos, y al mismo tiempo, enviar un mensaje a las gobernantes de dos entidades tuteladas por un partido de oposición que tendrían que esperar, una decisión de la judicatura federal para entregarlos a las escuelas.

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