Ponen restricciones a deudores alimenticios: no salir del país ni casarse
Ponen restricciones a deudores alimenticios: no salir del país ni casarse. Foto: El Sol de Hidalgo
Ponen restricciones a deudores alimenticios: no salir del país ni casarse
Ponen restricciones a deudores alimenticios: no salir del país ni casarse. Foto: El Sol de Hidalgo

Con la aprobación del Senado, será promulgada una reforma para crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, donde quedarán inscritos deudores de pensión alimenticia, quienes no podrán salir del país, comprar propiedades ni casarse por lo civil, entre otras restricciones.

Este miércoles, el dictamen que modifica la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente quedó aprobado por unanimidad en el pleno de la cámara alta, con 86 votos, y fue enviado al Ejecutivo para que lo promulgue y entre en vigor.

La nueva legislación crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias con el objeto de concentrar la información de las personas deudoras alimentarias, a fin de dotar de una efectiva protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán establecer, como requisito, la presentación del certificado de no inscripción en dicho registro para realizar diversos procedimientos y trámites.

Quienes estén inscritos en el registro no podrán tramitar licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y de viaje; participar como candidato a cargos de elección popular; participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal; trámites realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles, la constitución o transmisión de derechos reales.

También se requerirá dicho certificado en las solicitudes de matrimonio, situación en la que la persona oficial del Registro Civil, deberá hacer del conocimiento de los contrayentes, si alguno se encuentra en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Además, se prevén medidas de restricción migratoria, con el objeto de impedir que las personas inscritas en dicho registro puedan salir del país cuando sean deudores alimentarias morosas, así como cuando existan los medios de prueba para determinar la existencia de un riesgo importante de que su salida del país se utilice como un medio de evasión del pago de la deuda.

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *