Tepjf vuelve a desechar impugnación de René Sánchez por denuncia de violencia
Tepjf vuelve a desechar impugnación de René Sánchez por denuncia de violencia. Foto: Especial
Tepjf vuelve a desechar impugnación de René Sánchez por denuncia de violencia
Tepjf vuelve a desechar impugnación de René Sánchez por denuncia de violencia. Foto: Especial

El Tepjf declaró como infundado el recurso del exsecretario de Gobernación Municipal (Segom), René Sánchez Galindo, con el que buscaba revocar la sentencia del TEEP en la que se ordenó llevar a cabo las diligencias sobre la denuncia de violencia de género que enfrenta.

Lo anterior, durante la sesión de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), en donde se resolvieron los juicios SCM-JE-202/2021 promovido por el morenista, así como el SCM-JE-203/2021 de Margarita del Carmen Rodríguez Daruich, ya que ambos fueron por el mismo caso.

En el caso del exsecretario, fue denunciado por Yasmín Flores Hernández, extrabajadora de la Comuna, por violencia política de género toda vez que recibía un salario inferior al de sus compañeros, así como por acoso cuando era funcionaria, por lo cual recibió medidas cautelares a su favor.

Mientras que contra Rodríguez Daruich fue porque la afectada argumentó que la siguieron en un vehículo oficial del ayuntamiento mismo que se encuentra en resguardo de la denunciada.

Tras esto, en los expedientes, los exfuncionarios del ayuntamiento contravinieron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en donde se ordenó que la devolución de las constancias sobre el procedimiento sancionador para que se realicen las notificaciones, diligencias de verificación y la audiencia de pruebas y alegatos respectiva por dicho tema.

En el caso de Sánchez Galindo, se detalló que ya se tenía una resolución emitida por dicha sala sobre el mismo tema, por lo que se trataban de actos intraprocesales que no llevarían a un fin práctico, pues el juicio que se formara sería improcedente.

No hubo trasgresión, sentencia Tepjf

Mientras que de los supuestos agravios en los que acusó que hubo una trasgresión al principio de exhaustividad, sobre la denuncia en su contra, se resolvió que es un asunto que ya se encuentra juzgado desde el año pasado, por lo que ya no se podía atender nuevamente.

El exfuncionario municipal igual contravino que el TEEP ordenó al Instituto Electoral del Estado (IEE) realizar una audiencia de pruebas de algunas constancias y no de la totalidad del expediente por dicho procedimiento, pero fue declarado como inoperante porque puede ser subsanado durante el desarrollo del mismo, sumado a que no detalla qué elementos son los que faltan por desahogar.

Por su parte, Rodríguez Daruich señaló que la autoridad electoral local no realizó el procedimiento con perspectiva de género y que pretenden resolverlo basándose únicamente en el género de la denunciante, por las acciones realizadas hasta el momento, que son de naturaleza intraprocesal.

“Las manifestaciones de la actora son vagas, genéricas y superficiales, pues no indican alguna razón o argumento sólido por la cual argumenta que el tribunal local no ha sustanciado el procedimiento con perspectiva de género, al basarse solo en el género de la denunciante”, se resolvió.

R:CB

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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