Consejeros del IEE rechazan que Tepjf les haya corregido la plana de pluris
Tepjf revoca amonestación a secretario del IEE y desecha quejas por plebiscitos. Foto: Especial
Consejeros del IEE rechazan que Tepjf les haya corregido la plana de pluris
Tepjf revoca amonestación a secretario del IEE y desecha quejas por plebiscitos. Foto: Especial

El Tepjf revocó la amonestación pública que el TEEP impuso al secretario Ejecutivo del IEE, César Huerta Méndez, por no notificar dos oficios derivados de un procedimiento, además desechó la impugnación de dos aspirantes a juntas auxiliares en Puebla e Izúcar de Matamoros.

Lo anterior, durante la sesión de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), misma que fue transmitida de forma virtual, donde se resolvió el recurso SCM-JE-6/2022 presentado por dicho funcionario electoral.

En el expediente el secretario ejecutivo manifestó que fue incorrecta la sanción impuesta al hacer efectivo el apercibimiento en un acuerdo emitido por la parte responsable, mismo que estaba dirigido a la consejería de la presidencia del Instituto Electoral del Estado (IEE).

Al analizar el caso, los magistrados calificaron como fundado el agravio toda vez que al revisar las constancias del caso se comprobó que en el acuerdo de requerimiento no se le impuso una obligación, ni se le apercibió e incluso ni le fue notificado el asunto.

“Es posible concluir que al no estar establecida la responsabilidad del actor, no debió ser sancionado por su incumplimiento, por lo que se propone revocar la resolución emitida por la autoridad responsable”, citaron.

Y es que el pasado 15 de octubre, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) impuso una amonestación pública a Huerta Méndez por no notificar dos oficios como pate de un procedimiento especial sancionador que presentó la ciudadana Margarita del Carmen Rodríguez Daruich, los cuales eran necesario para la celebración de una audiencia de pruebas y alegatos.

Desisten de queja por plebiscito en Puebla

Por otra parte, los magistrados desecharon el recurso SCM-JDC-6/2022 que presentó la ciudadana Mabel Flores González contra la Comisión Plebiscitaria en la que impugnó la convocatoria para la renovación de las juntas auxiliares, en específico, la de Ignacio Romero Vargas.

Y es que se desechó debido a que no ratificó la queja ante la Sala Regional ni de manera personal ni ante un fedatario público, pues desistió del juicio, por lo que de acuerdo a la ley en la materia no había un caso que analizar.

De igual forma, se desechó el recurso SCM-JDC-17/2022 presentado por Jesús Sánchez Pérez y otra persona en contra el ayuntamiento de Izúcar de Matamoros, toda vez que éste le negó el registro para competir en el plebiscito de la junta auxiliar de San Felipe Ayutla.

Sin embargo, los magistrados señalaron que el medio de impugnación fue presentado de manera extemporánea toda vez que fue fuera de plazo establecido en el Código Electoral, que son tres días una vez que se tenga conocimiento del acto impugnado.

R:CB

incendios forestales

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *