Avalan que SMT restringe circulación en contingencia y permita a foráneos transitar
Avalan que SMT restringe circulación en contingencia y permita a foráneos transitar Foto: EsImagen
Avalan que SMT restringe circulación en contingencia y permita a foráneos transitar
Avalan que SMT restringe circulación en contingencia y permita a foráneos transitar Foto: EsImagen

Diputados aprobaron que la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) restrinja el horario de circulación en caso de una contingencia ambiental, así como que reconozca los hologramas de verificación de autos con placas de estados vecinos pertenecientes a la CAME.

Esto, durante la comisión unidas Transportes y Movilidad y de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático en donde se hicieron cambios a la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable; la Ley de Vialidad y la Ley Orgánica de la Administración Pública.

Las reformas fueron enviadas por el gobernador Miguel Barbosa Huerta al Poder Legislativo en septiembre pasado, con la intención de reducir la contaminación ambiental y con el apoyo de los avances tecnológicos en materia de verificación vehicular.

De igual forma, se busca garantizar la “excelencia del servicio de verificación vehicular en el estado”, así como la implementación de medidas legales y administrativas, ante el incremento de la emisión de sustancias contaminantes a la atmósfera.

Por ello se modificó el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con lo que la SMT podrá “establecer, solicitar y revisar los requisitos, documentos, certificados y hologramas, que deban satisfacer y portar los vehículos de los particulares y los del servicio de transporte público en sus diferentes modalidades”.

Además de que podrá otorgar concesiones y expedir las licencias, permisos y autorizaciones respectivas dentro del ámbito de su competencia que le señale la ley y el Reglamento de la materia para los vehículos privados y de servicio público.

De igual forma, a propuesta de la diputada Guadalupe Leal Rodríguez se modificó el artículo 120 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable de Puebla se modificó para establecer que los vehículos automotores registrados o que circulen en el estado deberán ser sometidos a verificación, y serán reconocidos los certificados y hologramas emitidos en otras entidades, cuando existan convenios de coordinación.

Esto significa que se reconocerá la verificación vehicular que se realice en los estados que forman parte de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAME): es decir la Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Querétaro y Tlaxcala.

Y es que en la reforma inicial del mandatario poblano buscaba obligar que vehículos con placas foráneas sean verificados en Puebla, ya que el que incumpliera no podría circular en el estado antes de las 10 de la mañana y hasta habría 100 policías exclusivamente dedicados a vigilarlos.

Avalan que haya 15 días para impugnar multas

De igual forma, se reformó el artículo 125 para que la SMT pueda restringir los horarios de circulación, en caso de contingencia ambiental, además de una modificación a los artículos 54 y 55 de la Ley de Vialidad, con el fin de que quienes sean multados tengan un plazo de 15 días y ya no tres, para que puedan inconformarse y tratar de evitar pagarla.

Como parte de la reforma de estableció que el recurso de inconformidad deberá solicitarse por escrito ante el director o responsable del área de Tránsito de los municipios donde ocurrió el incidente.

Tras esto, la iniciativa fue turnada al Pleno para su votación el próximo 20 de octubre, lo cual se da a unos días de que se reanude el proceso de verificación vehicular en estado, que está programado para el lunes.

LPR

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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