Llega a Congreso de Puebla iniciativa de revocación de mandato
Llega a Congreso de Puebla iniciativa de revocación de mandato. Foto: Especial
Llega a Congreso de Puebla iniciativa de revocación de mandato
Llega a Congreso de Puebla iniciativa de revocación de mandato. Foto: Especial

Morena presentó en el Congreso local una reforma constitucional para aplicar la revocación de mandato a los próximos gobernadores de Puebla, lo cual tendrá que ser solicitado con el 10 por ciento de firmas (un millón 895 mil 968) del padrón electoral, es decir, mayor de lo que se pide a nivel nacional, que es de 3 por ciento. 

Como lo adelantó Ángulo 7, en la sesión ordinaria de este jueves fue presentada la iniciativa por el diputado José Iván Herrera Villagómez y secundada por sus homólogos Daniela Mier Bañuelos, Carlos Evangelista Aniceto y Eliana Angélica Cervantes González.

De acuerdo con el documento, se reforma al artículo 20 de la Constitución, el cual establece que son derechos de los ciudadanos, por lo que en la fracción I, se adhiere que los poblanos podrán solicitar este ejercicio.

“Votar en las elecciones populares y participar en los procesos de plebiscitos, referéndum, revocación de mandato e iniciativa popular en los términos que establezca está Constitución”.

Con esto, se establece en el artículo 143 que en los casos de revocación de mandato de representantes electos del Poder Ejecutivo, el Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla vigilará el cumplimiento y acreditación de los requisitos y plazos para que se lleve a cabo, y será responsable de la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados, conforme a la Constitución y a la ley que se expida en su caso.

Mientras que, en el 144, se contempla que para que este ejercicio se pueda llevar a cabo, tendrá que ser solicitado por el 10 por ciento del padrón electoral vigente, además de que deberá plantearse durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del mandato, es decir, a la mitad de su gestión.

Si bien el porcentaje para Puebla es mayor con el 10 por ciento, a nivel se pedía el 3 por ciento, pero en al menos 17 estados de los 32.

Debe participar el 40% del padrón

En tanto, el artículo 145 señala que, para que sea efectivo el proceso, deberá participar al menos el 40 por ciento del padrón electoral local y que, para que sea declarado como procedente, deberán estar a favor del mismo el 35 por ciento de dicha cifra.

La jornada de votación se efectuará en fecha posterior y no coincidente con procesos electorales o de participación ciudadana locales o federales y quien asuma el mandato del Ejecutivo concluirá con el periodo establecido.

Se plantea que el Congreso realice las adecuaciones legislativas a las leyes respectivas que infieran en la revocación de mandato en un plazo máximo de seis meses contando a partir del inicio de la vigencia de dicho decreto.

Asimismo, deberá de emitir, en un plazo de 90 días, la Ley de Revocación de Mandato Estatal, en concordancia con lo establecido por las constituciones federal y estatal, y alguna futura ley que el Poder Legislativo poblano pueda expedir.

La iniciativa de Herrera Villagómez fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su primer análisis.

R: DJ

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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