En Puebla, 5 años de cárcel a notarios que cometan corrupción, avala Congreso
En Puebla, 5 años de cárcel a notarios que cometan corrupción, avala Congreso. Foto: Especial
En Puebla, 5 años de cárcel a notarios que cometan corrupción, avala Congreso
En Puebla, 5 años de cárcel a notarios que cometan corrupción, avala Congreso. Foto: Especial

En Puebla, los notarios que cometan prácticas de corrupción o simulen las transferencias bancarias serán castigados con hasta 5 años de prisión, mientras que los abogados ya tendrán que apegarse a un tabulador para el cobro de sus servicios y “no cobren de más”.

Lo anterior, fue aprobado en el pleno del Congreso local este jueves en reformas hechas a la Ley del Notariado y el Código Penal y la expedición de la Ley para el Cobro de Honorarios de los Abogados o Licenciados en Derecho, iniciativas enviadas por el gobernador Miguel Barbosa Huerta el pasado 9 de junio.

Por una parte, con las modificaciones hechas se busca evitar que los fedatarios causen daño patrimonial a los prestatarios y que cometan irregularidades u omisiones respecto a los pagos por transmisión o constitución de derechos sobre inmuebles.

Cómo parte del dictamen aprobado se estableció que el personal de las notarías que sean omisos a prácticas de corrupción cometida por los fedatarios serán castigados igual con 5 años de cárcel y una multa económica de entre 9 mil 622 a 48 mil 110 pesos.

Además de que se busca garantizar que los fedatarios sean los que desempeño su función, como se dio en varios casos en años pasados, de igual forma, se evitará que haya simulaciones de las transferencias bancarias o incumplan con el pago de impuestos y derechos, para garantizar la responsabilidad notarial.

También, con esto los fedatarios tendrán la obligación de verificar la forma en que se realiza el pago de obligaciones, cuando se transfiera un inmueble o cualquier objeto de valor, con la finalidad de evitar algún fraude.

Avalan Ley de Honorarios de Abogados

Por otra parte, los legisladores avalaron expedir un tabulador para el servicio de los abogados, toda vez que la última ley que se tenía en la materia era de 1934, con el objetivo de frenar abusos, prevenir actos de corrupción y que se vulneren los derechos de las personas.

Por ello en los juicios civiles, penales, laborales u otros que no tengan una cuantía determinada, los honorarios no podrán exceder de 2 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), según la importancia del asunto, la extensión, los trabajos que se presenten, el tiempo dedicado y el beneficio obtenido, lo cual significa un monto de 240 mil 550 pesos.

En caso de ser cualquier juicio en donde no exista una cuantía específica (un monto que se intenta recuperar en tribunales), se cobrará la cantidad equivalente de 70 a 200 UMA, atendiendo la importancia, extensión y las dificultades técnicas, según el criterio del juez, lo que representa de 6 mil 735.4 a 19 mil 244 pesos.

Respecto a las causas penales que se lleven a cabo en el Sistema Procesal Penal Acusatorio cuya competencia sea de un juez de control, podrán cobrar por honorarios como mínimo 120 y como máximo 600 UMA, según la gravedad del delito, es decir, de 11 mil 546 a 57 mil 732 pesos.

No obstante, si la causa penal llega a un Tribunal de Enjuiciamiento, la cantidad a cobrar será de 170 a 600 UMA, que corresponde a 16 mil 357 a 57 mil 732 pesos, mientras que en caso de que no haya un acuerdo previo, el litigante no podrá cobrar más de 770 mil 866 pesos, siempre y cuando el monto del negocio sea de 10 millones 584 mil 200 pesos, equivalente a 110 mil UMAs.

R:LGG

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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