Castigarán con hasta 3 años de cárcel por terapias de conversión en Puebla
Castigarán con hasta 3 años de cárcel por terapias de conversión en Puebla. Foto: José Angel Rodríguez/EsImagen
Castigarán con hasta 3 años de cárcel por terapias de conversión en Puebla
Castigarán con hasta 3 años de cárcel por terapias de conversión en Puebla. Foto: José Angel Rodríguez/EsImagen

En Puebla, se castigará con hasta 3 años de prisión y 34 mil 574 pesos a quien practique, incite o financie las terapias de conversión para cambiar la orientación sexual de una persona, lo cual se dio mientras integrantes de la diversidad exigieron avalar dicho tema.

Lo anterior, durante la sesión ordinaria de este jueves en el Congreso local, luego de que la iniciativa fue impulsada por el diputado morenista, Carlos Evangelista Aniceto, y que fue aprobada en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

Previo a que se votará el dictamen, la panista Mónica Rodríguez Della Vecchia presentó una moción para regresar la iniciativa a la comisión y corregirla, conforme a la exigencia de colectivos conservadores y tomar en cuenta legislaciones de otros estados sobre dicho tema.

Al pasar a tribuna, explicó que la iniciativa no tenía una correcta técnica legislativa “que permita que para los ciudadanos sea claro y comprensible cuál es el tipo penal que se está regulando”, pues la redacción no precisa el concepto de terapia de conversión, lo cual, derivaría en errores.

No obstante, afirmó que el PAN está a favor de prohibir cualquier acto de tortura, argumentando que lo que buscaba era corregir la forma del dictamen

“Todas las legislaciones que revisamos tienen este término, a fin de poder definir el delito a perseguir. Entonces es importante”, expresó; sin embargo, la petición fue rechazada por mayoría de votos.

No obstante, aceptaron con 33 votos a favor y ocho abstenciones, incluir la definición de terapias de conversión para que haya claridad sobre qué acciones serán castigables y no se genere incertidumbre para los padres o familiares.

Para ello, se reformó la denominación “Delitos contra el Libre Desarrollo de la Sexualidad, Expresión e Identidad de Género”, así como se adicionó el artículo 228 Quáter en el Código Penal de Puebla.

Multas hasta de 34 mil 574

Tras esto, quedó tipificado como delito los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), con una pena de uno a tres años de prisión y una multa de 50 a 200 días de salario, es decir, de los 8 mil 643 a los 34 mil 574 pesos a quien cometa está práctica.

Esto será para “la persona moral o física que promueva, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con o sin fines de lucro con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género

En su intervención, Evangelista Aniceto manifestó que “es un día importante” para la prohibición de las terapias de conversión en Puebla, pues no existe un comportamiento por curar, toda vez que las juventudes sufren un “daño irreparable” con los llamados Ecosig.

Mientras esto se discutía, integrantes de la comunidad Lgbtttiq se postraron afuera del Legislativo, colocando la bandera del orgullo trans en la fachada; tras aprobarse el dictamen, celebraron y de manera inmediata vitorearon “¡Nada que curar!” y “¡Sí se pudo!”.

La iniciativa fue turnada al Poder Ejecutivo y al Periódico Oficial del Estado (POE) para su publicación y posterior entrada en vigor.

R: DJ

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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