Sidra rosada, de pera y durazno de Zacatlán, para el brindis navideño
¿Traspasas negocio sin venta de vinos y licores? Ve los requisitos. Foto: Alejandra Ortega/EsImagen
¿Traspasas negocio sin venta de vinos y licores en Puebla? Ve requisitos
¿Traspasas negocio sin venta de vinos y licores en Puebla? Ve requisitos. Foto: Alejandra Ortega/EsImagen

Si traspasas un negocio donde no se venden bebidas alcohólicas en la ciudad de Puebla, te invitamos a conocer los requisitos y costos para solicitar la autorización del cambio de propietario de la licencia de funcionamiento.

¿Qué dependencia lo expide?

Debes acudir a la tesorería municipal que, a su vez, te remitirá a la Dirección de Ingresos para que el Departamento de Padrón de Contribuyentes comience con tu trámite.

¿Cuáles son los requisitos?

Tienes que realizar el pago correspondiente, ten en cuenta que, para realizar el trámite administrativo, la licencia de funcionamiento debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales ante el ayuntamiento, y finalmente entregar los siguientes documentos:

·    Formato de transferencia de modificación

·    Licencia de funcionamiento vigente y original, expedida por tesorería municipal

·    Acta de cesión de derechos ante Notario Público

·    Identificación oficial vigente del nuevo propietario y propietario anterior

·    Alta ante la Secretaría de Hacienda del nuevo propietario y baja de anterior propietario

Si eres una persona física o moral, y tu trámite lo solicita un representante legal la documentación es:

·    Poder notarial 

·    Identificación oficial vigente del representante legal

·    Acta constitutiva 

La vigencia de la licencia que se entregará es permanente, sujeta a actualización si lo determina el Cabildo. El tiempo de respuesta es de cinco días hábiles.

¿Cuáles son los costos?

Tarjetón de Licencia de Funcionamiento 192.13 pesos 

Tarjetón de sustancias de inhalación y efectos tóxicos 192.13 pesos 

El último está fundamentado en el capítulo 28 del Código Reglamentario Municipal y aplica para todos aquellos negocios que en su función manejen algún tipo de tóxico que pueda afectar a la salud. En este caso podría ser una botica o negocio de pinturas.

¿Existe alguna sanción si no se realiza?

En caso de que el alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exceda de 45 días hábiles de la fecha de inicio de operaciones, se hará acreedor a una sanción de entre 12 y 24 UMAS, antes salarios mínimos.

RECUERDA que todos los trámites de los gobiernos federal, estatal y municipal se realizan de manera directa. Por ello, cualquier pago de derechos se debe realizar ante la dependencia correspondiente y te deben emitir un recibo fiscal por el pago realizado. Si deseas denunciar alguna anomalía o cobro indebido, escríbenos por WhatsApp al 2228137680.

Editado por: Laura Ortega

RE: LPR

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *