El alcalde Eduardo Rivera Pérez manifestó que impugnará la sentencia del Tepjf, pero dejó en claro que si por haber informado a los poblanos del trabajo que se hace en el ayuntamiento significó “violar la veda” en el proceso de revocación de mandato lo volvería hacer.
En entrevista, tras presentar la convocatoria de la segunda etapa del programa “Mujer Contigo”, el edil comentó que el ejercicio que se llevó acabo en abril pasado fue “absolutamente ciudadano”, por lo que respeta la sentencia de los magistrados, pero no la comparte.
“La vamos a revisar porque yo no estoy de acuerdo con la decisión del tribunal, no tengo desde mi punto de vista una vinculación de mis publicaciones en redes sociales con la veda, yo no me puse opinar de la revocación de mandatario, ni hablar en contra o favor”, asentó.
Refirió que si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) se va mantener en la postura de sancionarlo por hacer e informar del trabajo ante los ciudadanos, lo seguirá haciendo, pues los poblanos tiene el derecho de saber qué es lo que hacen sus autoridades en el gobierno de la ciudad.
Refirió que se debe tener la libertad de publicación, por lo que reiteró que él no opinó ni a favor ni en contra del proceso de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, mismo que concluyó con la consulta del 10 de abril.
“Yo creo que las publicaciones de que se concluyó una calle para que se pueda transitar, de que se informe de que es necesario acabar con las cuevas del lobo, trabajar para que haya alumbrado en la ciudad, no tiene relación una cosa con la otra, pero lo revisaremos y si es necesario impugnaremos porque no me arrepiento de hacerlo.
Segunda sanción al alcalde
Es de mencionar que, en la sesión del jueves, los magistrados de la Sala Regional Especializada del Tepjf manifestaron que fueron revisadas 68 publicaciones, de las que en 15 no se acreditan logros de gobierno, avances o compromisos por lo que su difusión es de carácter informativo, por lo que se declaró como inexistente la propaganda gubernamental.
Mientras que en las otras 53 hechas en las cuentas de Twitter y Facebook del alcalde sí comunicaron logros y avances de la administración municipal, por lo que se consideró cómo propaganda gubernamental, ya que no encuadran en campañas de servicios educativos, de salud o protección civil.
Debido a lo anterior, se acreditó la violación a la veda electoral por la difusión de propaganda gubernamental y se ordenó a la Contraloría Municipal determinar la sanción conducente a Rivera Pérez, además de que como parte de la resolución se determinó exhortar al alcalde a usar lenguaje incluyente.
R: LGG