CNDH pide a autoridades de Morelos no ser omisas ante tortura
Legisladores amplían plazo de ratificación de quejas ante CNDH. Foto: Especial
INM de Puebla detuvo ilegalmente a dos colombianas en 2019: CNDH
INM de Puebla detuvo ilegalmente a dos colombianas en 2019: CNDH. Foto: Especial

La CNDH emitió la recomendación 64/2022 al Instituto Nacional de Migración (INM) en Puebla, por la detención ilegal por más de 20 días de dos colombianas en 2019, a las que no se les facilitó asesor jurídico ni atención médica y no se les permitió ver al abogado contratado por sus familias.

El 12 de febrero de 2019, ambas agraviadas acudieron a las oficinas del INM en Puebla, con el propósito de solicitar su regularización por razones humanitarias al ser víctimas de delito, al  señalar que fueron traídas con engaños a México, padeciendo abuso, fraude, explotación laboral y trata de personas, sin embargo, el personal de ese Instituto se negó a aceptarles el trámite sin motivo alguno.

Luego el 15 de ese mes, mientras se encontraban laborando en una empresa, personal del INM en Puebla fue al lugar bajo el argumento de llevar a cabo una visita de verificación, momento en el cual las agraviadas fueron aseguradas, a pesar de que manifestaron que contaban con la documentación que acreditaba su estancia regular en territorio nacional, a lo que los agentes migratorios les precisaron que no tenían permiso para trabajar en México, procediendo a ponerlas a disposición de la estación migratoria.

Permanecieron alojadas de manera “ilegal” por más de 20 días en ese recinto migratorio, señalaron que durante su comparecencia no tuvieron asesor jurídico, ni le permitieron la entrada al abogado contratado por sus familiares para representarlas, tampoco les proporcionaron atención médica que requerían.

Reparación del daño

Luego de corroborar lo anterior, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) considera procedente la reparación de los daños con atención médica y psicológica, así como servicios jurídicos y sociales, las cuales deberán otorgarse por personal profesional especializado y de forma continua.

También se debe diseñar e impartir un curso sobre atención victimológica con perspectiva de género, con el propósito de detectar, identificar y atender a víctimas de los delitos en materia de trata de personas, el cual estará dirigido a los servidores públicos del INM en Puebla.

El INM debe solicitar a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) asesoría técnica-jurídica para la elaboración del dictamen de reparación del daño de las dos mujeres colombianas, y una vez que éste se emita, que incluya una compensación justa y suficiente, en términos de lo previsto en el artículo 93, fracción II de la Ley General de Víctimas, ello con el objeto de dar cumplimiento al punto recomendatorio respectivo.

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