Fiestas con venta de alcohol, con autorización y no menores, avalan
Fiestas con venta de alcohol, con autorización y no menores, avalan. Foto: Especial
Fiestas con venta de alcohol, con autorización y no menores, avalan
Fiestas con venta de alcohol, con autorización y no menores, avalan. Foto: Especial

Para la realización de fiestas con venta de bebidas alcohólicas en salones sociales, el ayuntamiento de Puebla exigirá a dueños u organizadores pedir un permiso previo, prohibir la entrada a menores y pagar por boletaje comercializado, entre otras medidas aplicables a los espectáculos públicos.

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Así lo aprobó este viernes, en sesión ordinaria, el cabildo de la Capital poblana, que avaló por unanimidad el dictamen de la Comisión de Seguridad, Justicia y Protección Civil, que reforma diversas fracciones de los artículos 611, 615 y 614 de Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun).

En su exposición de motivos, el documento señala que la modificación se hace necesaria a partir de que los salones sociales en la capital poblana ampliaron su actividad comercial al incursionar en la prestación de servicios adicionales como la realización de eventos públicos que involucran la venta de boletos o alcohol, por lo que el ayuntamiento debe regularlos.

Estadios seguros

Lo anterior, con el propósito de preservar la integridad física de personas menores de edad, asegurar el orden, generar certidumbre jurídica y evitar la competencia desleal.

Autorización previa y pago de boletaje

De esta manera, la fracción XII del artículo 611 introduce la definición de salón social o jardín con venta de bebidas alcohólicas, que es un establecimiento mercantil cuya actividad preponderante es la renta para la realización de eventos sociales, cuenta con pista de baile e instalaciones para orquesta, conjunto musical, música grabada o videograbada.

Además, tiene el servicio de banquetes, incluido el consumo de bebidas alcohólicas dentro o no del paquete que ofrezca el salón social a sus clientes.

También entra en dicha categoría el establecimiento que realice directamente o sea utilizado por un tercero bajo arrendamiento o cualquier otro concepto para realizar un evento público en el que exista:

A) Venta de boletos y venta de alcohol;
B) Entrada libre y venta de alcohol,
C) Venta de entradas con alcohol incluido.

El establecimiento o la persona arrendataria debe observar lo establecido para espectáculos públicos en el Coremun, por lo que tendrá que obtener la autorización previa de la Normatividad municipal.

Además, debe efectuar el pago por boletaje comercializado, contar con medidas de Protección Civil y prohibir el acceso a menores de edad, para lo cual deberá pedir identificación oficial a los asistentes.

Las multas por permitir la entrada de menores de edad ascenderán a 38 mil pesos y clausuras que van de uno a 30 días.

LPR